Créase el Registro Único de Beneficiarios Efectivos, Finales o Reales (RUB), cuyo funcionamiento y administración estará a cargo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y se implementará mediante resolución expedida por dicha entidad y que busque la interoperabilidad con el Registro Único Tributario (RUT). 2. Adicionalmente, la exención del impuesto sobre las ventas (IVA) sobre los bienes cubiertos será aplicable, siempre y cuando se cumpla con los siguientes requisitos: 1. PARÁGRAFO. Modifíquese el artículo 22 del Estatuto Tributario que quedará así: Artículo 22. Modifíquese el parágrafo 4 del artículo 222 de la Ley 1819 de 2016, el cual quedará así: PARÁGRAFO 4o. La nacionalización y los registros que requiera el respectivo equipo se harán a nombre del cuerpo de bomberos que lo adquiera. En todos los casos, si el contribuyente objeto de esta sanción se acoge y paga la siguiente multa, la Administración Tributaria se abstendrá de decretar la clausura del establecimiento, así: Para efectos de lo dispuesto en el numeral 1, una sanción pecuniaria equivalente al cinco por ciento (5%) de los ingresos operacionales obtenidos en el mes anterior a la fecha en que incurrió en el hecho sancionable. En los casos en que el contribuyente haya propuesto un proyecto, este tendrá prioridad para la ejecución del mismo siempre que cumpla con todos los requisitos previstos en la presente disposición, a menos que un tercero ofrezca mejores condiciones para su realización, en cuyo caso, la ART y la Entidad Nacional Competente realizarán la valoración de las propuestas e informarán los resultados a los contribuyentes. El Gobierno nacional reglamentará la aplicación de esta exención. Los dividendos y participaciones pagados o abonados en cuenta a sociedades nacionales, provenientes de distribuciones de utilidades gravadas conforme a lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 49 del Estatuto Tributario, estarán sujetos a la tarifa señalada en el artículo 240 del Estatuto Tributario, según el periodo gravable en que se paguen o abonen en cuenta, caso en el cual la retención en la fuente señalada en el inciso anterior se aplicará una vez disminuido este impuesto. ARTÍCULO 80. 13. ARTÍCULO 118. 822-2018/MINSA que aprueba la NTS 142-MINSA/2018/DIGESA: Norma Sanitaria para los Restaurantes y Afines. El nuevo texto es el siguiente:> Adiciónese un parágrafo 2o. El término de firmeza de los artículos 147 y 714 del Estatuto Tributario de la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios de los contribuyentes que determinen o compensen pérdidas fiscales, o que estén sujetos al Régimen de Precios de Transferencia, será de cinco (5) años. ARTÍCULO 37. Modifíquese el artículo 333 del Estatuto Tributario, el cual quedará así: Artículo 333. La retención en la fuente será calculada con base en la participación total del valor comercial del activo subyacente ubicado en Colombia dentro del valor total de enajenación. Determinación de la renta bruta en la enajenación de activos y valor comercial en operaciones sobre bienes y servicios. Compañías Holding Colombianas (CHC). Estas entidades o redes deberán transferir el componente de impuesto sobre la renta y complementarios, impuesto nacional al consumo y el del impuesto de industria y comercio consolidado, conforme con los porcentajes establecidos en la tabla respectiva y conforme con la información respecto de los municipios en los que se desarrollan las actividades económicas que se incluirán en la declaración del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación – SIMPLE. Artículo 2 (División de los delitos).- Los delitos, atendida su gravedad, se dividen en crímenes, delitos y faltas. PARÁGRAFO. ARTÍCULO 158. Adiciónese el siguiente Título al Libro Séptimo del Estatuto Tributario: RÉGIMEN DE COMPAÑÍAS HOLDING COLOMBIANAS (CHC) EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y GANANCIAS OCASIONALES. Base gravable en los retiros de bienes. Elimínense todas las referencias al régimen simplificado del impuesto a las ventas y del impuesto nacional al consumo. Los anteriores requisitos deben cumplirse en todos los periodos gravables en los cuales se aplique el beneficio de renta exenta. El cincuenta por ciento (50%) del valor patrimonial de los bienes objeto del impuesto complementario de normalización tributaria que hayan sido declarados en el periodo gravable 2019 y que hayan sido repatriados a Colombia e invertidos con vocación de permanencia en el país, de conformidad con la Ley 1943 de 2018. Se entiende que una persona natural es beneficiario efectivo, final o real, cuando cumpla con cualquiera de las siguientes condiciones: a) Persona natural que directa y/o indirectamente, posea el 5% o más del capital o los derechos de voto de la persona jurídica o estructura sin personería jurídica, o. b) Persona natural que, de forma individual o considerando su grupo familiar hasta un 4 grado de consanguinidad o afinidad, ejerce control directo y/o indirecto sobre la persona jurídica o estructura sin personería jurídica. 7. PARÁGRAFO 1o. Clasificación. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en uso de sus facultades, podrá registrar en el presente régimen de manera oficiosa a contribuyentes que no hayan declarado cualquiera de los impuestos sobre la renta y complementarios, sobre las ventas, al consumo y/o el impuesto de industria y comercio consolidado. El régimen de procedimiento, sancionatorio y de firmeza de las declaraciones del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación – SIMPLE es el previsto en el Estatuto Tributario. Las rentas reconocidas bajo el régimen ECE, no tendrán los beneficios del régimen CHC. Se entenderá que el proceso se encuentra en segunda instancia cuando ha sido admitido el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia. Con el fin de garantizar el respeto a los derechos de los contribuyentes, responsables, agentes de retención, declarantes y usuarios aduaneros, el Gobierno nacional deberá tomar las medidas que busquen ampliar la planta de personal del Órgano Especial Defensor del Contribuyente y del Usuario Aduanero en el porcentaje que determine el estudio técnico correspondiente. Para tal efecto, a partir del 1 de enero de 2020, el distribuidor mayorista o comercializador industrial deberá certificar al productor o importador, el monto del diferencial al que se refiere el presente artículo, mediante certificación suscrita por el revisor fiscal, con base en la cual el productor o importador efectuará la devolución respectiva a favor del distribuidor mayorista o comercializador industrial. Aprovechamiento de nuevas plantaciones forestales, incluida la guadua, el caucho y el marañón, según la calificación que para el efecto expida la corporación autónoma regional o la entidad competente. Artículo 909. En estos casos, se procederá a la cancelación de la matrícula respectiva sin requisito de pago de obligaciones tributarias, sanciones o intereses que estas generen, revisión técnico-mecánica, seguro obligatorio y sin que el bien llegue por sus propios medios a la desintegradora. Así mismo, serán no contribuyentes no declarantes las sociedades de mejoras públicas, las asociaciones de padres de familia; los organismos de acción comunal; las juntas de defensa civil; las juntas de copropietarios administradoras de edificios organizados en propiedad horizontal o de copropietarios de conjuntos residenciales; las asociaciones de exalumnos; las asociaciones de hogares comunitarios y hogares infantiles del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o autorizados por este y las asociaciones de adultos mayores autorizados por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Los proveedores tecnológicos, deberán cumplir las siguientes obligaciones: a) Generar y entregar facturas electrónicas atendiendo los términos, requisitos y características exigidos. El Ministerio debe emitir un acto de conformidad con el proyecto y confirmar el desarrollo de industrias de valor agregado tecnológico y actividades creativas. Lo anterior solo será aplicable a los prestadores de servicios electrónicos o digitales que: 1. PARÁGRAFO. Demandado/s: Grupo Constant Servicios Empresariales, SLU, Comité Intercentros Sin perjuicio de las rentas exentas de las personas naturales de los artículos 126-1, 126-4, 206 y 206-1 del Estatuto Tributario y de las reconocidas en los convenios internacionales ratificados por Colombia, las únicas excepciones legales de que trata el artículo 26 del Estatuto Tributario son las siguientes: 1. Detalle de clasificación CAECR. WebSigue la información económica, ante la reconstrucción de la actividad tras las últimas crisis. Tránsito a la condición de responsables del impuesto. Dicha remodelación y/o ampliación debe estar autorizada por la Curaduría Urbana o en su defecto de la Alcaldía Municipal del domicilio del parque temático. Créase una Comisión de Expertos para estudiar los beneficios tributarios vigentes en el sistema tributario nacional, con el objeto de evaluar su conveniencia y proponer una reforma orientada a mantener los beneficios tributarios que sean eficientes, permitan la reactivación de la economía, fomenten el empleo, emprendimiento y formalización laboral, empresarial y tributaria que se fundamenten en los principios que rigen el sistema tributario nacional. PARÁGRAFO TRANSITORIO. f) Las sociedades deben cumplir con los montos mínimos de inversión en los términos que defina el Gobierno nacional, que en ningún caso pueden ser inferiores a cuatro mil cuatrocientas (4.400) UVT y en un plazo máximo de tres (3) años gravables. - Implementar una política de no contacto durante el servicio. CONCILIACIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA EN MATERIA TRIBUTARIA, ADUANERA Y CAMBIARIA. No obstante lo anterior, la realización de las rentas para los beneficiarios o partícipes de un fondo solo se diferirá hasta el momento de la distribución de las utilidades, inclusive en un periodo gravable distinto a aquel en el cual el fondo de capital privado o los fondos de inversión colectiva han devengado contablemente el respectivo ingreso, en los siguientes casos: 1. 6. Bicicletas y Bicicletas eléctricas (incluidos los triciclos de reparto) cuyo valor exceda de 50 UVT. Dicho recaudo estará a cargo del ICBF, y su destino será la financiación de los planes y programas de prevención y lucha contra la explotación sexual y la pornografía con menores de edad. Las exclusiones previstas en este numeral no se aplicarán a las empresas que surjan como consecuencia de la escisión de sociedades que antes de la expedición de la presente ley conformen una sola empresa ni a las nuevas empresas que se creen cuya matriz o empresa dominante se encuentre gravada con el IVA por este concepto. Esta inclusión no generará sanción alguna en el impuesto sobre la renta y complementarios, regímenes sustitutivos del impuesto sobre la renta, ni en el impuesto sobre la ventas -IVA, ni en materia del régimen de precios de transferencia ni en materia de información exógena, ni en materia de declaración anual de activos en el exterior. En caso de que la reincidencia se presente por tercera vez, de acuerdo con el artículo 640 del Estatuto Tributario, por incurrir en la misma infracción que generó la sanción u otra de las establecidas en el mismo numeral, el proveedor tecnológico y/o el proveedor autorizado será sancionado con la cancelación de la habilitación y sólo podrá ejercer como proveedor tecnológico y/o proveedor autorizado, trascurrido un (1) año de haber sido cancelada su habilitación, para lo cual deberá surtir nuevamente el procedimiento previsto para ello. Modifíquese el parágrafo 1 y adiciónese un parágrafo transitorio al artículo 641 del Estatuto Tributario, los cuales quedarán así: PARÁGRAFO 1o. P.2 f 5. 2. ARTÍCULO 5o. Juguetes y juegos. ARTÍCULO 31. Única y exclusivamente por los lugares habilitados por la DIAN y para el consumo interno. Fue aprobada este 7 de septiembre por Ministerio de Salud para restaurantes y servicios afines. En el caso del auxilio de cesantía del régimen tradicional del Código Sustantivo del Trabajo, contenido en el Capítulo VII, Título VIII, parte primera, y demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen, se entenderá realizado con ocasión del reconocimiento por parte del empleador. Norma Sanitaria para el funcionamiento de Restaurantes y Servicios Afines. A esta misma tarifa estarán gravados los dividendos y participaciones recibidos de sociedades y entidades extranjeras. Se presume de pleno derecho que: 1. Cuando se presten servicios de expendio de comidas y bebidas, se adicionará la tarifa del ocho por ciento (8%) por concepto del impuesto de consumo a la tarifa SIMPLE consolidada. Facúltese a los entes territoriales y a las corporaciones autónomas regionales para realizar conciliaciones en procesos contenciosos administrativos en materia tributaria de acuerdo con su competencia. ARTÍCULO 78. Adiciónese el parágrafo 5 al artículo 204 de la Ley 100 de 1993, el cual quedará así: PARÁGRAFO 5o. Créase en la Fiscalía General de la Nación, la Dirección Especializada contra los Delitos Fiscales adscrito a la Delegada de Finanzas Criminales, la que tendrá como función principal la investigación y judicialización de los delitos fiscales o tributarios y las demás conductas delictivas conexas o relacionadas, sin perjuicio de la competencia de las Direcciones Seccionales sobre la materia. Para su imposición, la Entidad Nacional Competente del proyecto de inversión, deberá aplicar el procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 o la que la modifique o sustituya. Modifíquese el artículo 23 de la Ley 679 de 2001, el cual quedará así: Artículo 23. No serán sujetos pasivos del impuesto los pasajeros que vengan al territorio colombiano en tránsito o en conexión internacional. Reglamento general para permisos sanitarios de funcionamiento, permisos de habilitación y autorización para eventos temporales de concentración masiva de personas, otorgados por el Ministerio de Salud. Si uno de los socios persona natural es gerente o administrador de otras empresas o sociedades, los límites máximos de ingresos brutos se revisarán de forma consolidada con los de las empresas o sociedades que administra. El presente parágrafo no aplica para aquellas sociedades cuyo objeto social principal sean actividades enmarcadas dentro de la Clasificación de Actividades Económicas CIIU 5911. PARÁGRAFO. ARTÍCULO 154. Los proyectos de Mega-Inversiones de que trata el presente artículo no estarán sujetas al impuesto al patrimonio consagrado en el artículo 292-2 del Estatuto Tributario o aquellos que se creen con posterioridad a la entrada en vigor de la presente ley. NORMAS DE PROCEDIMIENTO. 2. Las entidades a las que se refiere este artículo serán excluidas del Régimen Tributario Especial y por ende serán contribuyentes del impuesto sobre la renta a partir del año en el cual incumplan tales condiciones, para cuyo efecto se asimilarán a sociedades comerciales nacionales. PARÁGRAFO 4o. Esta reducción será procedente, siempre y cuando el obligado entregue la información a satisfacción y efectué, en el mismo mes en que se entregue la información, o a más tardar dentro del mes calendario siguiente, el pago del valor de la sanción reducida, de acuerdo a lo establecido en los incisos anteriores. 4. PARÁGRAFO 6o. El monto global guardará directa correspondencia con los costos asociados a la prestación del servicio. Las personas naturales residentes en el país que en el ejercicio de sus actividades configuren los elementos propios de un contrato realidad laboral o relación legal y reglamentaria de acuerdo con las normas vigentes. PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD EN ETAPA DE COBRO. La conciliación podrá ser solicitada por aquellos que tengan la calidad de deudores solidarios o garantes del obligado. El impuesto al patrimonio de que trata el artículo 292-2 de este Estatuto se somete a las normas sobre declaración, pago, administración y control contempladas en los artículos 298, 298-1, 298-2 y demás disposiciones concordantes de este Estatuto. Cuando estos dividendos provengan de utilidades que no sean susceptibles de ser distribuidas a título de ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, estarán gravados a la tarifa señalada en el artículo 240 del Estatuto Tributario, según el periodo gravable en que se paguen o abonen en cuenta, caso en el cual el impuesto señalado en el inciso anterior, se aplicará una vez disminuido este impuesto. La celebración del convenio estará sujeta a las siguientes reglas: a) Interventoría. El administrador del FEIF podrá gestionar, adquirir y/o celebrar con entidades extranjeras los instrumentos y/o contratos de los que trata el presente artículo directamente o a través de terceros calificados, para lo cual requerirá disponibilidad presupuestal y se sujetará a las normas de derecho privado. El servicio de arrendamiento de inmuebles para vivienda y el arrendamiento de espacios para exposiciones y muestras artesanales nacionales, incluidos los eventos artísticos y culturales. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE PERSONAS NATURALES. Los recursos recaudados por concepto de la contraprestación del uso comercial y turístico de playas y terrenos de baja mar deberán ser invertidos exclusivamente en proyectos de recuperación y mantenimiento de playas, ecosistemas marinos y de manglares, fortaleciendo el desarrollo económico y turístico en armonía con la protección de los recursos naturales. Cuando el proceso contra una liquidación oficial tributaria, y aduanera, se halle en segunda instancia ante el Tribunal Contencioso Administrativo o Consejo de Estado según el caso, se podrá solicitar la conciliación por el setenta por ciento (70%) del valor total de las sanciones, intereses y actualización según el caso, siempre y cuando el demandante pague el ciento por ciento (100%) del impuesto en discusión y el treinta por ciento (30%) del valor total de las sanciones, intereses y actualización. PARÁGRAFO 2o. [7] El municipio, que no pertenece a ninguna mancomunidad integral, limita con otros municipios de su misma provincia pertenecientes a … Los ingresos obtenidos por concepto de sanciones e intereses se distribuirán entre la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y las autoridades municipales y distritales competentes, en proporción a la participación de los impuestos nacionales y territoriales en el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación – SIMPLE. 6. Cuando de acuerdo con la aplicación del régimen ECE el residente colombiano realice una atribución de algunas rentas pasivas y no de la totalidad de las rentas de la ECE, el descuento tributario corresponde al impuesto efectivamente pagado por la ECE sobre las mismas rentas, el cual deberá certificarse por la ECE y no podrá ser superior al porcentaje del ingreso atribuido sobre el valor total de los ingresos de la ECE. La terminación por mutuo acuerdo podrá ser solicitada por aquellos que tengan la calidad de deudores solidarios o garantes del obligado. ARTÍCULO 39. ARTÍCULO 44. 3. Dichos títulos tendrán la calidad de negociables. 4. Fecha de vigencia desde: Elementos deportivos. PARÁGRAFO. b) Generar y entregar facturas electrónicas sin el cumplimiento de los términos, requisitos y mecanismos técnicos e informáticos exigidos. Artículo 898. Las certificaciones expedidas en el exterior por funcionarios consulares, cinco dólares (US$5), o su equivalente en otras monedas. PARÁGRAFO 1o. Cuando los bienes cubiertos se venden normalmente en pares, se entenderá que dicho par corresponde a una unidad. 3. Lo anterior sin perjuicio de la retención en la fuente a título del impuesto sobre las ventas –IVA, regulado en el numeral 9 del artículo 437-2 del Estatuto Tributario. Artículo 896. Modifíquese el artículo 25 del Estatuto Tributario, el cual quedará así: Artículo 25. ARTÍCULO 32. Una vez el contribuyente, responsable, agente retenedor o declarante informe la dirección electrónica a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) en los términos previstos en los artículos 563 y 565 del Estatuto Tributario, todos los actos administrativos proferidos con posterioridad a ese momento, independientemente de la etapa administrativa en la que se encuentre el proceso, serán notificados a esa dirección hasta que se informe de manera expresa el cambio de dirección. Preparaciones y artículos farmacéuticos a que se refiere la nota 4 de este capítulo. los restaurantes y servicios afines de la región deben cumplir y someterse a la r.m. ARTÍCULO 2o. Los ingresos del fondo de capital privado o de inversión colectiva, previa deducción de los gastos a cargo del mismo y de la contraprestación de la sociedad administradora, se distribuirán entre los suscriptores o partícipes, al mismo título que los haya recibido el fondo de capital privado o de inversión colectiva y en las mismas condiciones tributarias que tendrían si fueran percibidos directamente por el suscriptor o partícipe. Destinen el excedente o beneficio neto, en todo o en parte, en forma diferente a lo establecido en la legislación cooperativa vigente. ARTÍCULO 144. Para efectos de la aplicación de este artículo, los contribuyentes, agentes de retención, declarantes, responsables y usuarios aduaneros o cambiarios, según se trate, deberán cumplir con los siguientes requisitos y condiciones: 1. l) Régimen jurídico aplicable y solución de controversias contractuales. Aprobación para la suscripción del convenio. 9. La tarifa del impuesto complementario de normalización tributaria será la del 15%. ARTÍCULO 57. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) podrá devolver, de forma automática, los saldos a favor originados en el impuesto sobre la renta y sobre las ventas. Juguetes y juegos cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a cinco (5) UVT, sin incluir el impuesto sobre las ventas (IVA). En el año gravable en el que el contribuyente del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación – SIMPLE realice ganancias ocasionales o ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional, dichos ingresos no se considerarán para efectos de los límites de ingresos establecidos en este régimen. En caso de incumplirse el acuerdo de pago, este prestará mérito ejecutivo en los términos del Estatuto Tributario por la suma total de la obligación tributaria más el ciento por ciento (100%) de las sanciones e intereses sobre los cuales versa el acuerdo de pago. Para el año gravable 2022, adicionales, de tres (3) puntos porcentuales sobre la tarifa general del impuesto, siendo en total del treinta y tres por ciento (33%). PARÁGRAFO 6o. EMPRESAS DE LICORES DE LOS DEPARTAMENTOS. Los bienes cubiertos que se encuentran excluidos o exentos del impuesto sobre las ventas (IVA), de conformidad con el Estatuto Tributario, mantendrán dicha condición y todas sus características durante los periodos de que trata este artículo. La respectiva sociedad administradora efectuará la retención en la fuente a la tarifa del 35% al momento del retiro. ARTÍCULO 76. PARÁGRAFO 8o. ARTÍCULO 11. Los contribuyentes que cuenten con una solicitud de Procedimiento de Mutuo Acuerdo (MAP) aprobada y que hayan radicado una acción judicial ante la jurisdicción contencioso-administrativa deberán desistir de dicha acción en los puntos del litigio que deseen someter a Procedimiento de Mutuo Acuerdo (MAP). El Gobierno nacional reglamentará la circulación de las facturas electrónicas. ARTÍCULO 50. PARÁGRAFO. Actividades relacionadas con Deporte, recreación y aprovechamiento del tiempo libre. Pérdida de los beneficios del Régimen Tributario Especial. ARTÍCULO 152. Las personas jurídicas extranjeras o sus establecimientos permanentes. Eliminación de descuentos tributarios en el impuesto sobre la renta. Respecto a las cuentas de fondos de inversión colectiva. Tratándose de los pagos en efectivo que efectúen los contribuyentes o responsables pertenecientes al sector agropecuario, de las actividades agrícola, ganadera, pesquera, acuícola, avícola y forestal, así como los comercializadores del régimen SIMPLE y las cooperativas y asociaciones de productores del sector agrícola que comercialicen productos adquiridos directamente al productor, podrán tener reconocimiento fiscal dichos pagos como costos, deducciones, pasivos o impuestos descontables, independientemente del número de pagos que se realicen durante el año, así: - En el año 2020, el ochenta y cinco por ciento (85%) de los costos, deducciones, pasivos o impuestos descontables totales. ARTÍCULO 100. Modifíquese el parágrafo 1 del artículo 850 del Estatuto Tributario, el cual quedará así: PARÁGRAFO 1o. 6. PARÁGRAFO 2o. ARTÍCULO 38. Lo dispuesto en este artículo aplica para la notificación de los actos administrativos expedidos por la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) y será el mecanismo preferente de notificación. h) Lo previsto en este parágrafo no será aplicable a moteles y residencias. d) Servicios de asesoría financiera y/o estructuración de créditos; e) Generación, transmisión, distribución o comercialización de energía eléctrica; f) Actividad de fabricación, importación o comercialización de automóviles; g) Actividad de importación de combustibles; h) Producción o comercialización de armas de fuego, municiones y pólvoras, explosivos y detonantes. Adiciónese el artículo 108-5 al Estatuto Tributario, el cual quedará así: Artículo 108-5. El valor de los activos omitidos o de los declarados por un menor valor, será establecido de conformidad con las reglas de valoración patrimonial de activos del Estatuto Tributario, y el de los pasivos inexistentes por el valor por el que hayan sido incluidos en la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios. Sanciones aplicables a los proveedores autorizados y tecnológicos. Lo anterior también será aplicable cuando un mismo contratista celebre varios contratos que superen la suma de 3.500 UVT. El convenio preverá, además, los efectos de los eventos eximentes de responsabilidad, así como la matriz de riesgos del convenio. En el caso de actos administrativos que impongan sanciones por concepto de devoluciones o compensaciones improcedentes, la transacción operará respecto del cincuenta por ciento (50%) de las sanciones actualizadas, siempre y cuando el contribuyente pague el cincuenta por ciento (50%) restante de la sanción actualizada y reintegre las sumas devueltas o compensadas o imputadas en exceso y sus respectivos intereses en los plazos y términos de esta ley, intereses que se reducirán al cincuenta por ciento (50%). El sujeto activo del impuesto con destino al turismo será la Nación – Ministerio de Hacienda y Crédito Público. EXENCIÓN DE PERIODO PARA LOS BIENES CUBIERTOS. PARÁGRAFO 3o. No responsables del impuesto nacional al consumo de restaurantes y bares. Para efectos de la remodelación y/o ampliación, se requiere aprobación previa del proyecto por parte de la Curaduría Urbana o en su defecto de la Alcaldía Municipal del domicilio del inmueble remodelado y/o ampliado. Las personas naturales o jurídicas obligadas a llevar contabilidad, contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que en el año o período gravable inmediatamente anterior hayan obtenido ingresos brutos iguales o superiores a treinta y tres mil seiscientos diez (33.610) UVT, podrán celebrar convenios con las entidades públicas del nivel nacional, por los que recibirán a cambio títulos negociables para el pago del impuesto sobre la renta, en los términos previstos en la presente disposición. Se faculta a la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) para imponer sanción equivalente a 15.000 UVT, a las asociaciones o agremiaciones y demás personas naturales o jurídicas, que realicen afiliaciones colectivas de trabajadores independientes sin estar autorizadas por las autoridades competentes, previo pliego de cargos, para cuya respuesta se otorgará un mes contado a partir de su notificación; vencido el termino señalado para la respuesta, la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) proferirá resolución sanción dentro de los 3 meses siguientes si hay lugar a ello, contra la cual procederá únicamente el recurso de reposición consagrado en el artículo 74 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Este texto está actualizado al mes de noviembre de 2022 y contiene las últimas modificaciones de la Ley 31622 publicada en el diario oficial El Peruano el 16 de noviembre de 2022.. Para ubicar de manera rápida el artículo o la … El FEIF no podrá celebrar operaciones de crédito público y sus asimiladas. ARTÍCULO 144. Remisión. h) Quienes custodien, administren o de cualquier manera gestionen activos en fondos o vehículos utilizados por sus partícipes con propósitos de evasión o abuso, con conocimiento de operación u operaciones constitutivas de abuso en materia tributaria. En el caso de las resoluciones que imponen sanción por no declarar, y las resoluciones que fallan los respectivos recursos, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) podrá transar el setenta por ciento (70%) del valor de la sanción e intereses, siempre y cuando el contribuyente presente la declaración correspondiente al impuesto o tributo objeto de la sanción y pague el ciento por ciento (100%) de la totalidad del impuesto o tributo a cargo y el treinta por ciento (30%) de las sanciones e intereses. Artículo 915. Los inversionistas que ejecuten proyectos relacionados con la evaluación, exploración y explotación de recursos naturales no renovables, tales como la exploración, desarrollo y construcción de minas, y yacimientos de petróleo, no podrán solicitar calificación al Régimen Tributario en Renta para Mega-Inversiones. El Ministerio del Trabajo llevará un registro anualizado de todas las certificaciones de primer empleo que expida, con la identificación del empleado y del contribuyente. PARÁGRAFO 5o. Forma de pago. El Gobierno nacional reglamentará la materia. IMPUESTO UNIFICADO BAJO EL RÉGIMEN SIMPLE DE TRIBUTACIÓN - SIMPLE PARA LA FORMALIZACIÓN Y LA GENERACIÓN DE EMPLEO.
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