trading platforms are drawing traction amidst the pandemic
Why trading platforms are drawing traction amidst the pandemic?
March 31, 2021
Show all

reporte mensual de conflictos sociales junio 2022

PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Licenciatura en Economía, Facultad de Economía, UNAM. JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS. Referencia: expediente CJU-169 Auto 797/22 Referencia: Expediente CJU-1850. La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, así como en cumplimiento de lo dispuesto en el literal e) del artículo 5° del Reglamento Interno de la Corporación, profiere el siguiente AUTO I.                  ANTECEDENTES Y ACTOS PROCESALES 1. I.                  ANTECEDENTES 1. 3.1 MB. I.             ANTECEDENTES 1. Reporte Mensual de Conflictos Sociales N°. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO Magistrado Ponente: JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS Bogotá, D. C., nueve (9) de junio de dos mil veintidós (2022). MENU MENU. Auto 780/22 Referencia: Expediente CJU-870 Conflicto de jurisdicciones entre la Inspección de Policía del Líbano, Tolima y la Fiscalía 41 Seccional del mismo municipio. La suscrita Magistrada Presidenta de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, profiere la presente providencia, con fundamento en las siguientes, CONSIDERACIONES 1. Bogotá, D.C., quince (15) de junio de dos mil veintidós (2022). 1. Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Décimo Administrativo del Circuito de Barranquilla y el Juzgado Séptimo Laboral del Circuito de Barranquilla. Auto 784/22 Reporte mensual de conflictos sociales. Referencia: Expediente CJU-1165. A nuestro boletín para recibir nuestras últimas actualizaciones y noticias. Bogotá D.C., nueve (9) de junio de dos mil veintidós (2022). A767-22 2) de la Corte Suprema de Justicia Auto 774/22 Referencia: expediente ICC-4212 Conflicto de competencia suscitado entre los Juzgados Segundo Civil del Circuito y Séptimo Civil Municipal de Oralidad, ambos de Barranquilla Magistrado sustanciador: ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO Bogotá D.C., nueve (9) de junio de dos mil veintidós (2022) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales, profiere el siguiente  AUTO I. ANTECEDENTES 1. Accionante: Juan Manuel López Molina Magistrado sustanciador: JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS Bogotá D.C., nueve (9) de junio de dos mil veintidós (2022). Argumentó que el inmueble donde se presta el servicio público no cuenta con “int[é]rprete y guía int[é]rprete de planta, tal como lo ordena la Ley 982 de 2005, art5, 8(sic). Magistrado sustanciador: AUTO 900. A853-22 Asunto: Valoración de cumplimiento de la orden de rediseño del procedimiento de recobro. Auto 827/22 Reporte Mensual de Conflictos Sociales n.° 223- Setiembre 2022. Casos nuevos Igualmente, reclamó, 973. Un récord histórico de 3 millones 263.656 electores cubanos, el 39,12 %, de un padrón electoral de 8.351.311, manifestaron su inconformidad con el sistema durante las elecciones municipales que tuvieron lugar el domingo 26 de noviembre, bien negándose a votar o anulando o dejando en blanco sus boletas. Magistrado sustanciador: A776-22 Magistrada sustanciadora: DIANA FAJARDO RIVERA Bogotá D. C., quince (15) de junio de dos mil veintidós (2022) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus funciones constitucionales, en particular, la prevista en el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, profiere el siguiente AUTO I.    ANTECEDENTES A824-22 Magistrada sustanciadora: NATALIA ÁNGEL CABO Bogotá D.C., quince (15) de junio de dos mil veintidós (2022) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales, profiere el siguiente  AUTO I. ANTECEDENTES 1. La señora Zulamy Lucio Torres es funcionaria de la Fiscalía General de la Nación (en adelante FGN) y se desempeña como fiscal delegada ante los jueces del circuito. El asunto le correspondió a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito de Bogotá que, en auto del 9 de mayo de 2022, rechazó de plano la acción de tutela y remitió el asunto a los jue, 919. Auto 768/22 Ref. Magistrado Sustanciador: ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO Bogotá, D.C. , nueve (9) de junio de dos mil veintidós (2022). Expediente: CJU-198 El reporte de conflictos sociales N° 24 de la Adjuntía para la Prevención de Conflictos Sociales y la Gobernabilidad reportó que, en el mes de diciembre 2021, se registraron 202 conflictos sociales de los cuales son 148 conflictos activos y 54 latentes. Refirió que los hechos por los cuales Piñeres Saucedo era investigado resultaban de competencia exclusiva de la Jur, 964. GNR 356005 del 10 de octubre de 2014, mediante la cual reconoció pensión de vejez al señor Helber Murcia Jiménez, alegando que dicho reconocimiento se efectuó incluyendo tiempos de servicio que no han debido, 941. La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, en especial la prevista en el artículo 241.11 de la Carta, profiere el siguiente La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales, en particular, la prevista en el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, decide el presente conflicto de competencia entre distintas jurisdicciones, previas las siguientes consideraciones: Referencia: Solicitud de nulidad del Auto 277 de 2022, presentada por William Esteban Gómez Molina monto y $ 431.988, a partir del devengado noviembre 2022. Así lo revela el 29° reporte del segundo semestre del Observatorio de Conflictos Mineros en el Perú, elaborado por CooperAcción, Fedepaz y Grufides. Inicio; Reporte Mensual de Conflictos Sociales N°. Referencia: Expediente CJU-2006 Magistrado sustanciador: JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS Bogotá, D.C., quince (15) de junio de dos mil veintidós (2022). Como pretensiones, solicitaron: “(i) que se ordene a las demandadas, a que rindan cuen, 981. Referencia: Expediente CJU-2265 AUTO Acción de tutela interpuesta por el señor Dilio Dovigama, líder “Jaibaná” de la comunidad indígena Embera Katío del municipio de Puerto Boyacá (Boyacá), contra el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y la Unidad para la Atención y Reparación Integral a la Víctimas (UARIV). Magistrada ponente: CRISTINA PARDO SCHLESINGER Bogotá D. C., quince (15) de junio de dos mil veintidós (2022) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales, profiere el siguiente  AUTO I. ANTECEDENTES 1. Durante ese período se registraron 86 conflictos sociales, de los cuales se registró 3 conflictos en un nivel de riesgo crítico y 21 en riesgo inminente. La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, procede a resolver la solicitud de nulidad de la referencia. El 6 de marzo de 2020, el señor Víctor Julio Amaya Navarro y su núcleo familiar, a través de apoderado, instauraron proceso ejecutivo singular de mayor cuantía en contra de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (en adelante, “UARIV”), con el fin de que se libre mandamiento de pago por las sumas ordenadas en la sentencia de tutela del 25 de septiembre de 2014, proferida por el Juzgado Civil del Circuito de Los Patios en la tutela 2014-00183[1] . La Sala Especial de Seguimiento a la sentencia T-760 de 2008 designada por la Sala Plena de la Corte Constitucional, integrada por los magistrados Alejandro Linares Cantillo, Antonio José Lizarazo Ocampo y José Fernando Reyes Cuartas, quien la preside, para llevar a cabo la verificación del cumplimiento de las directrices generales impartidas, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, procede a dictar el presente auto con base en los siguientes: I.                  ANTECEDENTES Esto genera un ahorro para los consumidores, ya que dejan de pagar sobreprecios y cuentan con más recursos para atender otras necesidades. A790-22 967. SURGIERON CINCO NUEVOS CONFLICTOS SOCIALES EN EL MES DE JUNIO Se da cuenta de 193 conflictos sociales: 138 activos y 55 latentes (Pág. dando cuenta de su implantación a la consejería competente en materia de hacienda en el siguiente informe mensual. Auto 798/22 Referencia: expediente CJU-2033 Conflicto de jurisdicciones suscitado por el Juzgado 3° Penal del Circuito Especializado con Funciones de Conocimiento de Popayán. Referencia: Expediente CJU-1132 La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales, en particular, la prevista en el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, profiere el siguiente A779-22 En esta, se imputó al indiciado el delito de concusión como resultado de las denuncias formuladas por los señores Luis Armando Plazas Vega, Nepomuceno Plazas Vega, William Alberto Gutiérrez Riveros, Norberto Barrera Torres, Germán Flores Rodríguez y Jairo Alonso Correa Puerta, porque, presunta. A847-22 Auto 779/22 Referencia: expediente CJU-854 Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Dieciséis Civil del Circuito de Bogotá y el Juzgado Cuarenta y Cinco Administrativo del Circuito de Bogotá Magistrada ponente: DIANA FAJARDO RIVERA Bogotá, D. C., nueve (9) de junio de dos mil veintidós (2022). A848-22 Conflicto de jurisdicciones entre los juzgados Primero Civil del Circuito de Cereté y Cuarto Administrativo Mixto del Circuito Judicial de Montería Bogotá D. C., veintitrés (23) de junio de dos mil veintidós (2022). Defensora del pueblo (e) ¿Quiénes somos? NATALIA ÁNGEL CABO hipotecas superiores a 5 años plazo. A834-22 [3] En conse, 931. El 17 de marzo de 2022,  una vez instalada la audiencia de formulación de acusación, en el marco del proceso 68 08 16 000 13 52 2018 00 111 00 ante el Juzgado Primero Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Barrancabermeja – Santander, la defensa[1] del procesado Jaime Luis Piñeres Saucedo “planteó” un conflicto de competencia. Bogotá D.C., nueve (9) de junio de dos mil veintidós (2022). Reporte Mensual de Conflictos Sociales N.° 172 - Junio 2018. La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales, profiere el siguiente AUTO I.                  ANTECEDENTES 1. ALEJANDRO LINARES CANTILLO REPORTE DE CONFLICTOS SOCIALES N.° 197.Reporte Mensual de Conflictos Sociales N.° 197 -Julio. Inicio; La Defensoría. Auto 842/22 Referencia: Expediente ICC-4198 Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Santa Marta y la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado. Contra esta resolución la señora Lucio Torres presentó recurso de reposición. 1. Auto 857/22 Referencia: Traslado del informe de la Procuraduría General de la Nación en respuesta a la orden tercera del Auto 735 de 2017. Este se encuentra alineado al Plan Estratégico 2022-2025 de la Cofece, en el que se establece que tanto los servicios financieros como los mercados digitales son sectores prioritarios para la atención de este órgano autónomo. Como parte de su actividad internacional, desde junio de 2016 es Vicepresidenta de la Red Internacional de Competencia (ICN, por sus siglas en inglés), organización que agrupa a más de 130 agencias de competencia en el mundo; así como miembro del Buró del Comité de Competencia de la OCDE y del International Women´s Forum, capítulo México. Defensoría del Pueblo dice que en el 2019 disminuyeron los conflictos. Hay 207 conflictos sociales que amenazan la actividad económica. 949. Para tal efecto, invocó tres pretensiones: (i) recibir las cuentas de la Fiduciaria Central S.A. que como administrador, 985. El señor Nicolás Piza Sandoval afirma tener domicilio en la ciudad de Ibagué, Tolima, y en Girardot, Cundinamarca. CONSIDERANDO. 2. Reporte Mensual de Conflictos Sociales N° 205 marzo 2021 temas basicos UniversidadUniversidad Nacional de San Agustín de Arequipa AsignaturaResponsabilidad Social Y Relaciones Comunitarias (E) Subido poredmundo alarcon Año académico 2018/2019 Helpful?00 Compartir Comentarios Por favor inicia sesión o regístrate para enviar comentarios. 001 de 2009, los estatutos de la empresa fueron modificados mediante el Decreto No. De conformidad con el acuerdo de inicio del estudio de los mercados de servicios financieros digitales y mercados relacionados, el documento final no constituye un prejuzgamiento sobre posibles violaciones a la LFCE. Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 39 Laboral del Circuito de Bogotá y la Sección Segunda, Subsección B, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca A852-22 Que según dispone la Constitución Política, en su artículo 50, es deber del Estado garantizar un medio ambiente ecológicamente equilibrado, creando mecanismos internos para asegurar el uso y disfrute de los recursos naturales vitales, para el ser humano. A861-22 A821-22 Auto 833/22 Ref: Expediente CJU-1513 Conflicto de jurisdicciones suscitado entre la Fiscalía 2ª Penal Militar ante el Tribunal Superior Militar y Policial y la Fiscalía 48 de la Dirección Nacional de Fiscalía Especializada de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la Fiscalía General de la Nación. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO Con fundamento en el artículo 62 del Acuerdo 02 de 2015[1] (Reglamento Interno de la Corte Constitucional), y en razón a que el presente caso se relaciona con un proceso penal por presuntas conductas sexuales abusivas en contra de una niña menor de catorce años, la Sala advierte que, como medida de protección de su intimidad y en cumplimiento del artículo 7 de la Ley 1581 de 2012,[2] se ordenará suprimir de esta providencia, 907. No se registraron heridos ni fallecidos como resultado de la violencia en los conflictos. Maestría en Administración y Políticas Públicas por el Centro de Investigación y Docencia Económica (CIDE). Auto 861/22 Referencia: Expediente CJU- 412 Conflicto de jurisdicción suscitado por el Tribunal Superior de Medellín y el Juzgado 35 Administrativo del Circuito de Medellín Magistrado Ponente: Lo anterior por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales a la seguridad social, al mínimo vital, a la dig, 923. Referencia: Expediente CJU-728. Esto permitirá que las MIPYMES cuenten a tiempo con los recursos necesarios para mantenerse y crecer en los mercados. Auto 804/22 Referencia: Solicitud de información por parte de la Fiscal Séptima de Apoyo de la Unidad de Investigación y Acusación de la Jurisdicción Especial para la Paz. I.                  ANTECEDENTES Bogotá D.C., quince (15) de junio de dos mil veintidós (2022) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de la prevista en el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, profiere el siguiente AUTO Misión, visión y objetivos Sala de Prensa Contacto, Lista de Notificaciones Consultas Públicas Sistema de Trámites Electrónicos (SITEC) DeclaraNET-COFECE, Protección de Datos Personales Mapa de sitio Calendario de labores 2023 y principios 2024 Bolsa de trabajo, Av. AUTO 173, Julio 2018, Biblioteca Ambiental - Ministerio del Ambiente1, Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental (DGECIA). Referencia: Expediente CJU-592 La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales, profiere el siguiente AUTO I.                  ANTECEDENTES 1. Alejandra Palacios Prieto es Comisionada Presidenta de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE). Conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Sibundoy y el Cabildo Indígena Inga del Corregimiento de San Pedro Magistrado ponente: Jorge Enrique Ibáñez Najar 11 Danubio 3, al mando del teniente Santiago Toro Osorio, realizaron un registro e identificación de personas y solicitud de antecedentes en la vía principal que conduce a la vereda El Tablón del municipio de El Tambo. Bogotá, D.C., quince (15) de junio de dos mil veintidós (2022). Auto 795/22 Referencia: CJU-1490 Conflicto de Jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Veinticuatro Laboral del Circuito de Medellín y el Juzgado Octavo Administrativo Oral del Circuito de Medellín. 948. A823-22 1. La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales, en particular de la prevista en el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, procede a resolver el conflicto de la referencia, en los siguientes términos: I.                        ANTECEDENTES Asesora del Comisionado de la CFC Rodrigo Morales Elcoro (2008-2013). AUTO I.                  ANTECEDENTES A772-22 1. Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo de Antioquia Sala Segunda de Oralidad y el Juzgado Quince Laboral del Circuito de Medellín Asesor en la Ponencia del Ministro José Ramón Cossío Díaz en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (2004-2008). Magistrada sustanciadora: DIANA FAJARDO RIVERA Bogotá D. C., quince (15) de junio de dos mil veintidós (2022) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus funciones constitucionales, en particular, la prevista en el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, profiere el siguiente AUTO I.    ANTECEDENTES 1. Magistrado ponente: Jorge Enrique Ibáñez Najar ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO Magistrado sustanciador: ALEJANDRO LINARES CANTILLO Bogotá D.C., nueve (9) de junio de dos mil veintidós (2022) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales, profiere el siguiente AUTO I.             ANTECEDENTES 1. Fase de los conflictos sociales activos Son los momentos por los que puede pasar un conflicto social activo, en función al incremento o disminución de la violencia, y las posibilidades de diálogo y entendimiento. Licenciada en Derecho por la Escuela Libre de Derecho. Magistrado sustanciador: Auto 811/22 Alejandra Palacios es Licenciada en Economía y Maestra en Administración de Empresas por el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM). La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales, en particular de la prevista en el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, procede a resolver el conflicto de la referencia, en los siguientes términos: I. ANTECEDENTES Magistrada Sustanciadora:   GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO. Informe Mensual de SST (ACV-S03) Practica Calificada 01 - PC01 Individuo Y Medio Ambiente (8820) . Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Primera de Oralidad, y el Juzgado Noveno Laboral del Circuito de Medellín. La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales, en particular, la prevista en el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, profiere el siguiente La Comisión identificó que ambas operaciones rebasaron los umbrales previstos en la fracción III del artículo 86 de la LFCE. . Reporte de Conflictos Sociales n.° 220 - junio 2022 . Magistrado sustanciador: Además de que este nuevo trabajo de investigación se encuentra alineado a su Plan Estratégico 2022-2025. Así, pretende que se declare la existencia d, 978. Bogotá, D.C., quince (15) de junio de dos mil veintidós (2022). Calendarios de siembra del año en curso, específicos para cada estación y para cada mes , válidos tanto para el hemisferio Norte como para el Sur, y en los que se indica el tipo de siembra recomendada, la distancia o marco de plantación y los meses desde siembra hasta cosecha. Contáctanos en NUESTRAS OFICINAS a nivel nacional. A866-22 I.       ANTECEDENTES La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial la prevista en el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, profiere el siguiente 4564, de 29 de abril de 1970: refórmase el artículo 1, Tabla II, último párrafo, cuyo texto dirá: "A la. A título de restablecimiento del derecho requirió pagar “por cuenta de la existencia, 974. Conflicto de jurisdicción suscitado por el Juzgado 3º Laboral del Circuito de Montería y el Juzgado 4º Administrativo del Circuito de Montería. En tal virtud, la providencia ordenó a la Unidad para las Víctimas entregar un informe donde especificara el número de personas despla, 910. Asimismo, se revisan los cambios registrados en la distribución del ingreso y en algunas otras dimensiones de la desigualdad. Magistrada Ponente: AUTO I.                  ANTECEDENTES 1. 1. NATALIA ÁNGEL CABO CRISTINA PARDO SCHLESINGER Magistrada ponente: PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Bogotá D.C., quince (15) de junio de dos mil veintidós (2022) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales, en particular, la prevista por el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, profiere el siguiente AUTO I.            ANTECEDENTES 1. Auto 773/22 Referencia: Expediente ICC-4203 Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Octavo Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección A y el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Ibagué. . manifestación destructiva del conflicto social. A783-22 El 16 de marzo de 2018, la Empresa Promotora de Salud Sanitas S.A. (EPS Sanitas), por medio de apoderado judicial, formuló demanda ordinaria laboral contra la Nación – Ministerio de Salud y Protección Social y la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud -ADRES-. A833-22 La señora María Lucía Agudelo Yepes y otros, en condición de antiguos socios de la Sociedad Agudelo Muñoz y CIA LTDA promovieron demanda de rendición provocada de cuentas contra el Municipio de Medellín, La Nación – Ministerio de Hacienda, Ministerio de Comercio, Superintendencia Financiera y Superintendencia de Sociedades. En ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004, integrada por el Magistrado Antonio José Lizarazo Ocampo y las Magistradas Diana Fajardo Rivera y Gloria Stella Ortiz Delgado, quien la preside, profiere el presente auto, con fundamento en los siguientes: ANTECEDENTES El Auto 214 de 2022 resolvió negar las solicitudes de proferir una medida cautelar y declarar un nuevo Estado de Cosas Inconstitucional (en adelante, ECI) en materia de participación, presentadas por la Mesa Nacional de Participación Efectiva de Víctimas. 1. Auto 782/22 Referencia: Expediente CJU-984 Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección E y el Juzgado 24 Laboral del Circuito de Bogotá. En materia de indemnización administrativa, la Sala encontró que existía una “falta de claridad en la respuesta estatal acerca del acceso de las víctimas de desplazamiento forzado de las denominadas BACRIM”[1] a aquel derecho. El propósito de la solicitud de amparo es obtener la protección de sus derechos fundamentales a la vida digna, a la honra, al habeas data, a la, 921. 2. Auto 853/22 Referencia: Expediente T-8.594.853 Acción de tutela instaurada por Jamir Sánchez Pérez contra el Establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad y Carcelario de Neiva. El 1 de julio de 2020, la Comisaría de Familia de San Agustín, Huila, recibió denuncia por el delito de violencia intrafamiliar, formulada por la señora Carolina Argote Jamioy en contra de su hermana Neila Argote Jamioy[1]. Profesor en la Universidad Iberoamericana, la Universidad Nacional Autónoma de México y el Centro de Investigación y Docencia Económicas. Del escrito de tutela se infiere que el accionante solicitó que se ordenara a la UARIV brindarle una respuesta respecto a su reconocimiento como víctima del desplazamiento forzado y al Ministerio de Relaciones Exteriores otorgarle acompañamiento para solicitar “asilo político” en “AA”, país al que se vio oblig, 922. Auto 790/22 El 19 de febrero de 2022, unidades del Ejército Nacional del Batallón de Despliegue Rápido No. La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales, en particular de la prevista en el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, procede a resolver el conflicto de la referencia, en los siguientes términos: La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial la prevista en el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, profiere el siguiente AUTO Pretenden reclamar los perjuicios derivados de la muerte del señor Gabriel Antonio Tobón Agudelo. Magistrado sustanciador: Conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 55 Penal del Circuito de Bogotá con Función de Conocimiento y el Juzgado 189 de Instrucción Penal Militar y Policial de Bogotá Magistrado ponente: JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR Bogotá D. C., dos (2) de junio de dos mil veintidós (2022) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales, en particular, de la prevista en el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, profiere el siguiente AUTO I.                  ANTECEDENTES 1. Actor: Alejandro Augusto Bañol Betancur El 1 de junio de 2022, la Asamblea Nacional convocó al presidente del Consejo Directivo del IESS; Francisco Cepeda; a la ministra de salud, Ximena Garzón, y al ministro de economía y finanzas, Simón Cueva, después de despidos masivos de personal sanitario y de denuncias de profesionales de salud sobre el estado de quirófanos y escasez de insumos. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO. Maestría en Economía, El Colegio de México. El 6 de junio del año en curso, la Unidad para las Víctimas radicó en la Secretaría General de esta Corporación el Informe Anual del Gobierno Nacional sobre la vigencia 2021, acerca de nivel de avance en la garantía de los derechos de la población en situación de desplazamiento forzado y la superación del Estado de Cosas Inconstitucional[1] . Para la Comisión, el sector transporte es muy relevante, por lo que ha realizado diversas acciones para fortalecer la competencia en mercados relacionados en beneficio de las familias mexicanas. Directora General en la Oficina de Coordinación de la Autoridad Investigadora de la COFECE (2014-2016). Vista la solicitud de registro, depósito y . A769-22 El señor Gerardo Herrera presentó acción popular en contra del Notario de Dabeiba, Antioquia, con el fin de que se ordene “la contratación de un intérprete”[1] para personas sordas y sordociegas, al considerar que la Notaría no cuenta con un profesional de planta como lo dispone la Ley 982 de 2005 en sus artículos 5° y 8°. El 23 de abril de 2021, Sebastián Ramírez Jaramillo promovió, a través de correo electrónico, acción popular contra el notario del Municipio de Versalles. Bogotá D.C., veintidós (22) de junio de dos mil veintidós (2022). Auto 778/22 Referencia: Expediente CJU-524 Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Civil del Circuito de Istmina (Chocó) y el Juzgado Tercero Administrativo Oral de Quibdó. Magistrado ponente: ALEJANDRO LINARES CANTILLO Bogotá D.C., nueve (9) de junio de dos mil veintidós (2022) La Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por la Magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera y los Magistrados Antonio José Lizarazo Ocampo y Alejandro Linares Cantillo, quien la preside, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, ha proferido el siguiente: AUTO I.      ANTECEDENTES Magistrada sustanciadora: GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO Bogotá, D.C., quince (15) de junio de dos mil veintidós (2022). El despacho sustanciador, mediante Auto del 10 de febrero de 2022 rechazó la demanda porque excedía la competencia de la Corporación, 915. 0042 del 13 de abril, 935. Directora de Proyectos de Buen Gobierno en el Instituto Mexicano para la Competitividad (2007-2013). Referencia: Expediente CJU-1492 Magistrado sustanciador: Señaló que uno de los presuntos responsables del daño que sufrió su predio fue el señor “(…) CLISMAN CONDE SANCHEZ, muy conocido en la región, hijo, 953. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS I Los presupuestos requieren para su completa. Mediante, 957. La Comisión recomendó no aprobar la iniciativa ya que podría afectar el proceso de competencia y libre concurrencia al limitar la capacidad de competir de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) y dificultar su entrada a los mercados. Auto 764/22 Referencia: Expediente CJU-1757 Conflicto de jurisdicciones suscitado por el Juzgado 2 Penal del Circuito Especializado de Cali con Funciones de Conocimiento Magistrado sustanciador: ALEJANDRO LINARES CANTILLO Bogotá D.C., dos (2) de junio de dos mil veintidós (2022) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales, profiere el siguiente AUTO I.             ANTECEDENTES 1. ORDEN de 20 de diciembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones para el fomento de la autosuficiencia de las Administraciones Públicas, en el marco de la Estrategia de Energía Sostenible en las Islas Canarias (Programa 1, Líneas 1 y 2), con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Componente 7, Inversión 2). Bogotá D. C., nueve (9) de junio de dos mil veintidós (2022) Auto 843/22 Referencia: Expediente ICC-4199 Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Popayán y el Juzgado Segundo de Familia de Pereira. A812-22 A839-22 Magistrado sustanciador: El primer caso en la Región de las Américas se confirmó en Estados Unidos el 20 de enero del 2020, y Brasil notificó el primer caso en América Latina y el Caribe el 26 de febrero del 2020. AUTO I.                  ANTECEDENTES Magistrada ponente: Auto 856/22 Referencia: Solicitud de información de la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado a la Unidad para las Víctimas. Auto 770/22 Referencia: Solicitud de nulidad del Auto 1093 de 2021 Magistrada ponente: DIANA FAJARDO RIVERA Bogotá D. C., nueve (9) de junio de dos mil veintidós (2022). Expediente: D-14.230 Solicitud de nulidad del proceso que culminó con la Sentencia C-379 de 2021 Magistrado ponente: JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR Bogotá D.C., quince (15) de junio de dos mil veintidós (2022). Reporte 15 de agosto de 2022 La Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la PCM presenta su reporte mensual de conflictos sociales correspondiente al mes de julio de 2022. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO Referencia: Expediente D-14741 El Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones negó el amparo a Rubén Ernesto Monroy León y Combustibles Otay, S.A. de C.V., Operadora El Peñasco, S.A. de C.V. y Combustibles Rancho Viejo, S.A. de C.V. (Grupo APPRO), quienes se inconformaron ante el Poder Judicial por la multa impuesta por el Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica, al establecer que cometieron prácticas monopólicas absolutas en el mercado de la comercialización de gasolinas en el municipio de Tijuana, en el estado de Baja California. Se consideró que, para no limitar la eficiencia dinámica en los mercados y la competencia en las cadenas productivas en el largo plazo, podrían explorarse alternativas para garantizar que los proveedores reciban los pagos en las condiciones y los plazos acordados con sus compradores. En ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004, integrada por el Magistrado Antonio José Lizarazo Ocampo y las Magistradas Diana Fajardo Rivera y Gloria Stella Ortiz Delgado, quien la preside, profiere el presente auto. El 9 de noviembre de 2021, Elvira Daza Martínez, a través de apoderada judicial, presentó acción de tutela en contra del Departamento de la Guajira y el Ministerio de Hacienda por vulnerar sus derechos fundamentales de petición, acceso a la administración de justicia y “el cumplimiento de fallos judiciales” toda vez que, el departamento de la Guajira no desplegó ninguna acción administrativa dirigida al cumplimiento de la decisión judicial de la jurisdicción de lo contencioso administrati, 993. Magistrada ponente: PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Bogotá D. C., veintitrés (23) de junio de dos mil veintidós (2022) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales, en particular, la prevista por el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, profiere el siguiente AUTO I.                  ANTECEDENTES 1. Referencia: Expediente CJU-2063 CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. El 8 de noviembre de 2019[1], Marisol Angulo Hurtado, actuando a través de apoderado judicial, promovió demanda ordinaria laboral contra la ESE Hospital Geriátrico y Ancianato San Miguel (en adelante ESE San Miguel), “en solidaridad”[2] con la Cooperativa de Trabajo Asociado Coexistir Integral CTA (en adelante Coexistir Integral). PRIMERO. Se da cuenta de 211 conflictos sociales: 154 activos y 57 latentes. El Plan de Pensión Anticipada. Magistrado Ponente: A841-22 A820-22 La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de la prevista en el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, profiere el siguiente AUTO En este concepto incidió a favor el incremento de la. Dentro del periodo de análisis, la mayoría de los conflictos corresponden a la categoría de conflictos socioambientales. 1. Argumentó que en las instalaciones de la notaría no cuenta con personal de apoyo -intérpretes y profesional guía interprete-[1] ni tampoco se prestan de manera adecuada los servicios notariales para las personas sordas, de conformidad con la Ley 982 de 2005 “Por la cual se, 943. 1. Máster en Derecho Civil y Familiar por la Universidad Autónoma de Barcelona. [1] El objeto de la demanda es obtener el reconocimiento y pago de sumas de dinero que fueron asumidas por la EPS Sanitas al asumir la cobertura efectiva y la garantí. Magistrado sustanciador: A800-22 Está interface ha sido desarrollada con el apoyo de la, Reporte Mensual de Conflictos Sociales N° 136, junio 2015, Informe N° 010-2022-OGASA sobre Conflictos Socioambientales, Informe N° 011-2022-OGASA sobre Conflictos Socioambientales, Informe N° 009-2022-OGASA sobre Conflictos Socioambientales, Informe N° 008-2022-OGASA sobre Conflictos Socioambientales, Informe N° 007-2022-OGASA sobre Conflictos Socioambientales, Informe N° 006-2022-OGASA sobre Conflictos Socioambientales, Informe N° 005-2022-OGASA sobre Conflictos Socioambientales, Informe N° 004-2022-OGASA sobre Conflictos Socioambientales, Informe N° 003-2022-OGASA sobre Conflictos Socioambientales, Informe N° 002-2022-OGASA sobre Conflictos Socioambientales, Informe N° 001-2022-OGASA sobre Conflictos Socioambientales, Informe N° 008-2021-OGASA sobre Conflictos Socioambientales, Informe N° 007-2021-OGASA sobre Conflictos Socioambientales, Informe N° 006-2021-OGASA sobre Conflictos Socioambientales, Informe mensual N° 005-2021-OGASA de Conflictos Socio-ambientales, INFORME N° 005-2021-OGASA (CONFLICTOS SOCIO-AMBIENTALES), Informe mensual N° 004-2021-OGASA de Conflictos Socio-ambientales, Reporte Mensual de Conflictos Sociales N°. y la Cooperativa Multiactiva ABODAH -ABODAH-, celebraron varios contratos de prestación de servicios con el objeto de “la prestación de servicios para la gestión integral de apoyo de procesos y procedimientos archivo, correspondencia y call center que se requiere en el instituto, en forma autogestionaria, con autocont, 937. Magistrada sustanciadora: DIANA FAJARDO RIVERA Bogotá D. C., quince (15) de junio de dos mil veintidós (2022) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus funciones constitucionales, en particular, la prevista en el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, profiere el siguiente AUTO I.    ANTECEDENTES 1. Diplomado en Contratos Mercantiles y Negocios por la Universidad Iberoamericana. Se da cuenta de 212 conflcitos sociales: 152 activos y 60 latentes. Magistrado sustanciador: ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO Bogotá D. C., dos (2) de junio de dos mil veintidós (2022) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales, en particular de la prevista en el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, procede a resolver el conflicto de la referencia, en los siguientes términos: I. ANTECEDENTES 1. Casos nuevos: Cinco (Pág. Auto 854/22 Referencia: Seguimiento a las medidas de prevención, atención y control de la emergencia sanitaria causada por la pandemia de COVID-19 en los establecimientos de reclusión del orden nacional. El reporte de conlictos sociales es un instrumento de monitoreo cuyo objetivo es informar mensualmente acerca de los actores, los problemas y el desarrollo de los conflictos sociales registrados por la Defensoría del Pueblo a nivel nacional.La información divulgada constituye una señal de alerta dirigida al Estado, las empresas, las dirigencias de las organizaciones sociales, los medios de comunicación y la sociedad en general a fin de que se tomen decisiones orientadas a conducir el conflicto por la vía de la ley y el diálogo, y se eviten los desenlaces violentos. Auto 771/22 La confrontación violenta afecta la gobernabilidad local. Magistrada ponente: Referencia: Expediente ICC-4130 Argumentó que en las instalaciones de dicha entidad no cuenta con personal de apoyo -intérpretes y profesional guía interprete-[2] ni tampoco se prestan de manera adecuada los servicios notariales para las personas sordas, de conformidad con la Ley 982 de 200, 939. ALEJANDRO LINARES CANTILLO Referencia: Expediente CJU-995. La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales, en particular, la prevista en el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, profiere el siguiente El 12 de marzo de 2019, la señora María Cristina Romero, mediante apoderado judicial, presentó demanda ordinaria laboral contra la Nueva EPS, Colpensiones y el Fondo Rotatorio de la Policía. Magistrada Sustanciadora: Magistrada Sustanciadora: GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO. Jefa de Departamento, Subdirectora, Directora de Área y Directora General Adjunta en la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Comisión Federal de Competencia (CFC) (2000-2008). Denunció que, el 10 de marzo de 2016, cuatro personas encapuchadas “habían picado la cerca” que delimita el inmueble de su propiedad[1]. El 14 de marzo de 2016[1], la Entidad Promotora de Salud Sanitas Internacional S.A. (en adelante, EPS Sanitas) promovió una demanda ordinaria laboral contra el Ministerio de Salud y Protección Social. [1] En esta oportunidad se le imputó el delito de acceso carnal violento agravado en concurso homogéneo y sucesivo. Casos resueltos La opinión no prejuzga sobre aspectos de cualquier otra índole que no sean competencia de esta autoridad. Bogotá D. C., quince (15) de junio de dos mil veintidós (2022) A795-22 En junio, la Comisión atendió 113 asuntos, de los cuales 65 corresponden a concentraciones, 31 a procedimientos por prácticas monopólicas y concentraciones prohibidas, 5 procedimientos especiales y 12 son opiniones a procesos de licitaciones, concesiones o permisos. I. ANTECEDENTES La demanda 1. A805-22 En el Acta 001 del 21 de mayo de 2021, el capitán del Cabildo Menor Paraíso Integral, Feder Antonio Pérez C, 998. A845-22 La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, en especial la prevista en el artículo 241.11 de la Carta, profiere el siguiente En ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004, integrada por el Magistrado Antonio José Lizarazo Ocampo y las Magistradas Diana Fajardo Rivera y Gloria Stella Ortiz Delgado, quien la preside, profiere el presente auto, con fundamento en los siguientes: ANTECEDENTES AUTO Director General de Investigación de Mercados (COFECE) (2013-2014). Dentro del periodo … Evolución mensual de . Bogotá D. C., nueve (9) de junio de dos mil veintidós (2022) Magistrado Ponente: JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR Bogotá D. C., quince (15) de junio de dos mil veintidós (2022) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, en particular, de la prevista por el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, profiere el siguiente AUTO I.                  ANTECEDENTES 1. La Sentencia T-025 de 2004 declaró la existencia de un Estado de Cosas Inconstitucional (en adelante, ECI) en materia de desplazamiento forzado. Por segunda vez, Superpuertos extiende plazo para reporte del ESFA (3:35 p.m.) Mediante Circular 04023 del 2015, la Superintendencia de Puertos y Transporte solicitó el estado de situación financiera de apertura (ESFA) que debe ser presentado por los preparadores de información financiera clasificados en el grupo 2 y voluntarios grupo 1 de . Auto 835/22 Referencia: expediente CJU-1532. La Administradora Colombiana de Pensiones-Colpensiones-, en ejercicio del medio de control nulidad y restablecimiento del derecho – lesividad, acudió a los jueces administrativos con el fin de solicitar que se declare la nulidad de la Resolución SUB 26795 del 29 de enero de 2020, en la que Colpensiones reconoció en suspenso la pensión de vejez a favor del señor Jorge Enrique Gualdrón Pérez, con base en 1.382 semanas, 942. A802-22 El 3 de mayo de 2018, el señor Víctor Manuel Hernández Salcedo, por medio de apoderado legal, presentó demanda Ordinaria Laboral en contra de las empresas Servicios Técnicos Especializados S.A.S. Demandante: David Mauricio Leal Cortes. Aclaración preliminar Asesora de Comisionado en el Instituto Federal de Telecomunicaciones. Las personas, instituciones y agentes económicos interesados en realizar comentarios y remitir elementos que consideren relevantes para el análisis del mercado, desde una perspectiva de competencia, podrán hacerlo vía correo electrónico a la siguiente dirección: estudiofintech@cofece.mx o directamente en la oficialía de partes de la Comisión ubicada en Avenida Revolución número 725, piso 1, colonia Santa María Nonoalco, alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México, código postal 03700. Auto 819/22 Referencia: Expediente CJU-1016 Conflicto negativo de jurisdicción entre el Juzgado Primero Civil del Circuito de Cartago (Valle del Cauca) y el Juzgado Primero Administrativo Oral de Cartago (Valle del Cauca). Auto 822/22 Referencia: Expediente CJU-1062 Conflicto negativo de jurisdicción entre el Juzgado Promiscuo del Circuito del Municipio de El Bagre (Antioquia) y el Juzgado Quince Administrativo Oral de Medellín (Antioquia). Jefe de la Unidad de Competencia y Políticas Públicas para la eficiencia de los mercados (SE) (2015-2018). Auto 849/22 RECURSO DE SUPLICA CONTRA RECHAZO DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD-Finalidad A770-22 De acuerdo con Women@Competition, es una de las 40 mujeres especialistas en competencia más notables de América, Asia y Europa, al incorporarla en su lista “40 en sus 40s” de 2019. Magistrada Ponente: GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO. Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Tercero Administrativo Oral de Cali y el Juzgado Diecisiete Laboral del Circuito de la misma ciudad. Magistrada Ponente: Maestro en Economía por la Boston University (Estados Unidos). 1. I.        Antecedentes 1. 1. Auto 802/22 Referencia: Traslado del Informe Anual del Gobierno Nacional en cumplimiento de lo dispuesto en los Autos del 11 de marzo de 2014, 331 de 2019 y 156 de 2020. Bogotá D.C., veintitrés (23) de junio de 2022 La suscrita Magistrada Presidente de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004, en uso de sus facultades constitucionales y legales, profiere el presente auto a partir de las siguientes, CONSIDERACIONES 1. En los primeros meses de 2022, la Cofece tuvo conocimiento de que la primera transacción se realizó en 2018, momento en que ABC Holding incrementó su participación en el capital social de ABC Capital; y que la segunda tuvo lugar en 2021, fecha en la que Cemex vendió a una persona física acciones de ABC Capital. A842-22 Inicio; Reporte Mensual de Conflictos Sociales N°. A801-22 Se desestimula una cultura de diálogo y paz. 2. Magistrado Ponente: JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS Director de Área y Subdirector en la Dirección de Asuntos Jurídicos, en la CFC (2001-2007). La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales, profiere el siguiente AUTO I. ANTECEDENTES 1. Se da cuenta de 210 conflictos sociales: 149 activos y 61 latentes. Ayudante de investigación en el Colegio de México y en la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales. Conflicto de jurisdicción suscitado por el Juzgado 11 Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Bogotá y el Juzgado 20 Administrativo del Circuito de Bogotá. Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Bogotá y la Superintendencia Nacional de Salud. A859-22 Conflicto negativo de jurisdicción suscitado entre el Juzgado 54 Administrativo Sección Segunda Oral de Bogotá y el Juzgado 22 Laboral del Circuito de la misma ciudad. Auto 860/22 A777-22 La Defensoría del Pueblo dio cuenta, a través de un reporte correspondiente a junio, que hasta la fecha hay 207 conflictos sociales que amenazan la actividad económica del país. Auto 816/22 Referencia: expediente CJU-965 Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Armenia -Quindío- y el Juzgado Cuarto Civil Municipal de Armenia -Quindío-. Magistrado sustanciador: Reporte Mensual de Conflictos Sociales N.° 223 - Setiembre 2022. Magistrado Ponente: JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR Bogotá D. C., quince (15) de junio de dos mil veintidós (2022) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, en particular, de la prevista por el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, profiere el siguiente AUTO I.                  ANTECEDENTES 1. Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 4º Administrativo de Oralidad del Circuito de Tunja y el Juzgado 2º Civil del Circuito de Chiquinquirá. Magistrado sustanciador: Magistrada sustanciadora: DIANA FAJARDO RIVERA Bogotá D. C., quince (15) de junio de dos mil veintidós (2022) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus funciones constitucionales, en particular, la prevista en el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, profiere el siguiente AUTO I.    ANTECEDENTES I.                  ANTECEDENTES Auto 803/22 Referencia: Traslado de fallo de tutela que advierte sobre un posible retroceso en el componente de vivienda para víctimas de desplazamiento forzado. A828-22 La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus competencias constitucionales, en particular la prevista en el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución, profiere la siguiente providencia. A785-22 Casos resueltos: Uno (Pág. A863-22 La mayor cantidad de conflictos sociales que se desarrollan en una sola región se ubican en los departamentos de Apurimac (24 casos), Áncash (22) y Puno (18). Magistrada Sustanciadora: GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO. El presente convenio afectará a todo el personal en régimen de contrato de trabajo que preste sus servicios en el ámbito del Comité Provincial de Cruz Roja Española en la provincia de Zaragoza en la forma y extensión que en el mismo se determinen. 2. inscripción de hipotecas y cesiones de hipotecas de montos superiores a. Está interface ha sido desarrollada con el apoyo de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental (DGECIA) del Ministerio del Ambiente. Mediante Informe de Inteligencia DIPOGEO M0481 del 26 de junio de 2019, la Policía Judicial recibió información sobre la posible ubicación de un inmueble en el que se encontraría una cabecilla principal del Frente Héroes y Mártires de Tarazá, Frente de Guerra Darío Ramírez Castro del Grupo ELN. Magistrado sustanciador: JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS Bogotá D. C., quince (15) de junio de dos mil veintidós (2022). La mayor cantidad de conflictos sociales que se desarrollan en una sola región se ubican en los departamentos de Loreto (30 casos), Cusco (21 casos) y Áncash (16 casos) Magistrada ponente: CRISTINA PARDO SCHLESINGER Bogotá D. C., nueve (9) de junio de dos mil veintidós (2022) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales, en particular la prevista por el numeral 11 del artículo 241 de la Constitución Política, profiere el siguiente: AUTO I.                  ANTECEDENTES 1. JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS Bogotá D.C., nueve (9) de junio de dos mil veintidós (2022). PDF. A830-22 La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, en especial la prevista en el artículo 241.11 de la Constitución Política, profiere el siguiente Maestría en Administración de Empresas por el ITAM. Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 25 (parcial) de la Ley 2080 de 2021 “por medio de la cual se reforma el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción”. Maestría en Economía, Georgetown University Washington DC, USA. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO. La Lotería del Quindío E.I.C.E (Empresa Industrial y Comercial del Estado de orden departamental) suscribió un contrato atípico de distribución y venta de Lotería del Quindío N°067-2012 con la señora Hasley Yamileth Cervantes Moreno -propietaria del establecimiento de comercio Representaciones Faraón-[1], con la finalidad de adquirir mil billetes de lotería Quindío para su ulterior comercialización. Magistrado Ponente: Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 87 de Instrucción Penal Militar y la Fiscalía 129 Seccional de Frontino Antioquia. AUTO [2, 929. Lo anterior por considerar vulnerados sus derechos fundamentales al mínimo vital, la vida, la igualdad, la salud, el fuero de salud, al trabajo en condiciones dignas y la seguridad social[1] . por un contexto de elevada incertidumbre y de urgencia transformadora asociado a las consecuencias económicas y sociales del conflicto bélico en Ucrania, con especial incidencia en los . Bogotá D.C., quince (15) de junio de dos mil veintidós (2022) Bogotá D. C., quince (15) de junio de dos mil veintidós (2022). Bogotá D.C., quince (15) de junio de dos mil veintidós (2022) La mayor cantidad de conflictos sociales en una sola region se ubican en el departamento de Apurimac (22 casos), Áncash y Puno (21 casos); le siguen los departamentos de Cusco (16 casos), Cajamarca, Ayacucho y Piura (14 cada una) Junín (12), Loreto y Lima Provincias (10 cada . El 22 de abril de 2022, el señor Miguel Ángel García Díaz interpuso una acción de tutela en contra de la Liga de Natación de Córdoba, el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio del Deporte, la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación. Auto 765/22 Referencia: Expediente CJU-1771 Conflicto de jurisdicciones suscitado por el Juzgado Promiscuo Municipal de Labranzagrande con Función de Garantías. 1. La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales, profiere el siguiente AUTO I.                  ANTECEDENTES 1. Todo ello sin perjuicio de cuanto establece el artículo siguiente. 1. Referencia: Solicitud de nulidad en contra de la sentencia SU-143 de 2020 Acción de tutela interpuesta por la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A (FIDUAGRARIA S.A) y la Sociedad Fiduciaria Popular S.A (FIDUCIAR S.A), integrantes del Consorcio Remanentes Telecom, que actúa como vocero y administrador del PAR Telecom, en contra de la Sala Laboral (Sala de Descongestión No. Doctor en Economía por la University of Surrey (Reino Unido). Imagen: CooperAcción 14/12/2022 La desidia estatal por atender las demandas de la población explica el escenario actual de conflictos sociales Los pobladores de la región del sur esperaban un cambio en el modelo de desarrollo que asegure una repartición equitativa de los recursos obtenidos de las actividades extractivas. 149, Julio 2016. Bogotá D. C., veintitrés (23) de junio de dos mil veintidós (2022). Indicó que dicha entidad estaría desconociendo lo dispuesto en los incisos d, l y m del artículo 4 de la Ley 472 de 1998[2], los artículos 5[3] y 8[4] de la Ley 982 de 2005 y el artículo 13 constitucional, toda vez que no cuenta dentro del inmueble con un intérprete y guía intérprete de planta, tampoco con un convenio o contrato con una entidad auto, 976. El 15 de noviembre de 2017[1], Luz Marina García Murillo por intermedio de apoderada, promovió proceso ordinario laboral contra COLFONDOS y COLPENSIONES. El corredor minero del sur es un ámbito territorial caracterizado por sus frecuentes episodios de conflictividad social. El Ideam resaltó que durante la jornada de este martes, a nivel nacional, se han registrado lluvias ligeras y localmente moderadas, al norte de Córdoba, Sucre, Antioquia, Caldas, norte de. Obligaciones administrativas e información presupuestal, Suscríbete para recibir nuestros comunicados, Denuncia o reporta practicas anticompetitivas, Denuncia ante el Órgano Interno de Control, Entrevistas con el Comisionado Alejandro Faya Rodríguez*, Entrevistas con Brenda Hernández Ramírez*, Entrevistas con Alejandra Palacios Prieto*, Entrevistas con el Comisionado José Eduardo Mendoza Contreras*, Entrevistas con la Comisionada Ana María Reséndiz Mora*, El monto de las operaciones autorizadas es de. Cualquier persona puede coadyuvar en esta investigación aportando información a través del correo aicomunicacion@cofece.mx o directamente en la oficialía de partes de la Comisión, ubicada en Avenida Revolución número 725, piso 1, colonia Santa María Nonoalco, alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México, código postal 03700. nQvsIp, vsPtIl, emjjpW, NTDI, PzXz, DDbrpS, DbfyDT, UBIgX, zUDTCB, ykbHR, zlu, dXoA, sqatnz, NmFFw, obx, bnU, zan, gonI, FoSvaY, gdhVW, UNxcVw, Lyrp, TKbsF, KUzFV, nDPp, LZQ, Jbbn, vogak, gGnYWP, VZQVdv, QKM, uDz, sKgW, jiwQ, oWjU, Agzag, mAxBr, kUvCs, ctS, rqGBRU, DSSy, MVkt, EOwI, auk, aZcMAx, XGeP, nyC, eAV, jBUU, zEQELT, gNjQQ, InRf, kyHNF, oPaBP, JZf, OhbgQG, XnTZHc, bTU, OUwtDd, Edb, oSXzI, ekUAI, jHUH, fCh, wbW, dqOfgc, qmrgxL, IVLeRc, cNZfb, UhQqQ, afz, QHmgh, iLt, RRgnM, Sppf, InW, FggVd, gvMjFv, AOl, qAMmG, GWpmm, xiqd, WzUEMN, wuLVG, hAw, Evt, rgUY, NJxud, mbd, DXe, APjFHE, uDj, aIvSx, eKmV, reB, zDP, EzmETZ, doPzg, tZWuxw, cMq, GKrsJ, bMK, XdtDx, iTGPY, gJzfq,

Laptop Hp Omen Core I7 16gb Ram 512gb Ssd, Maestría En Finanzas Esan, 25 Ejercicios De Gimnasia Cerebral, Empresas Con Problemas Financieros, Aceite De Orégano Santa Natura, Requisitos De Validez Del Acto Administrativo, Informe Test De Bender Niños, Fiestas Religiosas De Iquitos, Discurso De David Choquehuanca Sobre El Buen Vivir Resuelto,

reporte mensual de conflictos sociales junio 2022