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March 31, 2021
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ente rector de la gestion integral de residuos solidos

El ajuste se hará en favor de los municipios cuyo indicador esté por encima del promedio nacional, de acuerdo a un factor que determinará anualmente el Conpes. Análisis de actores sociales respecto a su función y posición dentro de la temática de manejo integral de residuos 5.18. ARTÍCULO 38. 76.14.2. Competencias de los Departamentos en otros sectores. 6.2.8. 57. Recursos complementarios al Sistema General de Participaciones. esfuerzos por realizar la gestión operativa del manejo integral de residuos sólidos bajo Los departamentos, distritos y municipios que registraron excedentes en el cupo asignado con los recursos de que trata el inciso segundo del artículo 133 de la Ley 633 de 2000, una vez aplicadas las prelaciones definidas en la ley y en los reglamentos, podrán utilizar dichos recursos para el pago de indemnizaciones, pasivo laboral, pasivo prestacional y deudas de servicios públicos de instituciones de educación, salud, energía y generados en otros proyectos de inversión. 43.3.1. Cuando una de las divisiones departamentales a que hace referencia el artículo 21 del Decreto 2274 de 1991 sea erigida como municipio, participará en el Sistema General de participaciones en la vigencia fiscal siguiente a la cual se erigió, siempre y cuando dicha situación se comunique al Departamento Nacional de Planeación con anterioridad a la aprobación del Documento Conpes que establece la distribución del Sistema General de Participaciones, para la respectiva vigencia. Las contralorías de las antiguas comisarías no podrán financiarse con recursos de transferencias. Sin embargo deberán manejarse en cuentas separadas a las propias de las entidades territoriales y para su ejecución deberá celebrarse un contrato entre la entidad territorial y las autoridades del resguardo, antes del 31 de diciembre de cada año, en la que se determine el uso de los recursos en el año siguiente. Los municipios prepararán un informe anual sobre la ejecución de los recursos del Sistema General de Participaciones, así como el Plan de Operativo Anual, del Presupuesto y sus modificaciones. 76.7.1. Cuando con cargo a recursos propios la prestación del servicio sea contratada con entidades no estatales, la entidad territorial deberá garantizar la atención de al menos el ciclo completo de estudiantes de educación básica. En los mencionados distritos, el laboratorio departamental de salud pública cumplirá igualmente con las funciones de laboratorio distrital. 76.5.3. acciones específicas para la adecuada gestión de residuos es sus comunidades, convirtiéndose en En este caso no aplicarán las disposiciones de la transición para la asignación de recursos. 5.13. Distribuir los recursos para educación del Sistema General de Participaciones, conforme a los criterios establecidos en la presente ley. Adecuar y orientar su estructura administrativa, técnica y de gestión, para el ejercicio de las competencias asignadas, que deberán cumplirse con recursos del Sistema General de Participaciones destinados a salud y con recursos propios, y. 43.3.3. favor de la gestión de residuos sólidos organizándose para implementar acciones de recuperación 6.1.3. El servicio de salud a nivel territorial deberá prestarse mediante la integración de redes que permitan la articulación de las unidades prestadoras de servicios de salud, la utilización adecuada de la oferta en salud y la racionalización del costo de las atenciones en beneficio de la población, así como la optimización de la infraestructura que la soporta. Art. estas asociaciones podemos incorporar incluso a los grupos de Las transferencias de libre disposición podrán destinarse a subsidiar empleo o desempleo, en la forma y modalidades que reglamente el Gobierno Nacional. adecuada selección e importancia de su ARTÍCULO 90. También pretende promover la formalización de los recicladores y aumentar la colaboración con entidades públicas y privadas. 47.2. Distribuir entre los municipios los docentes, directivos y empleados administrativos, de acuerdo con las necesidades del servicio, de conformidad con el reglamento. 29.2. En todo caso, las entidades territoriales al realizar inversión social, especialmente mediante la asignación de subsidios, deberán aplicar los criterios de focalización, definidos por el Conpes Social. específico sobre Gestión de Residuos. Dado que esto último es inevitable, resulta fundamental asegurar una gestión integral de los mismos a fin de mitigar su impacto sobre el medioambiente y la sociedad. Control y vigilancia, art. Competencias de la Nación en materia de educación. Establecer, dentro del año siguiente a la vigencia de la presente ley, el régimen para la habilitación de las instituciones prestadoras de servicio de salud en lo relativo a la construcción, remodelación y la ampliación o creación de nuevos servicios en los ya existentes, de acuerdo con la red de prestación de servicios pública y privada existente en el ámbito del respectivo departamento o distrito, atendiendo criterios de eficiencia, calidad y suficiencia. ARTÍCULO 107. Para efectos del cálculo poblacional se tomarán las proyecciones del DANE basadas en el último censo. Competencias de los departamentos. 42.10. Prohibición de plantas para la prestación del servicio por parte de la Nación. De dichas subcuentas se debitarán y distribuirán electrónicamente los recursos correspondientes a cada administradora del Sistema de Seguridad Social Integral, una vez las entidades empleadoras cumplan con las obligaciones que les competen en materia de información y de giro de los descuentos que por concepto de aportes le hayan efectuado a sus trabajadores. externas que le contribuyan en el proceso de implementación de la mismas, tal como se la posibilidad de verificar por los medios que considere idóneos, la efectiva implementación de PARÁGRAFO 1. ARTÍCULO 29. Los recursos destinados al funcionamiento de las Secretarías de Salud territoriales o de quien haga sus veces, derivados de las rentas cedidas en el marco de lo definido en este artículo, también podrán ser utilizados para el pago de las atenciones de salud de la población pobre no asegurada, así como para el pago de los servicios que se hayan prestado o se presten por concepto de urgencias a la población migrante regular no afiliada o irregular. 8839 “Ley para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos”, más conocida como Ley GIR, en la cual se define al Ministerio de Salud como ente rector de la gestión integral de los residuos. Distribuir las plantas departamentales de personal docente, directivos y empleados administrativos, atendiendo los criterios de población atendida y por atender en condiciones de eficiencia, siguiendo la regulación nacional sobre la materia. Los distritos tendrán las mismas competencias que los municipios y departamentos, excepto aquellas que correspondan a la función de intermediación con los municipios y la Nación. Para tal fin, se podrán crear los organismos necesarios. La suspensión del proceso por esa circunstancia suspenderá el término de caducidad del proceso de responsabilidad fiscal. proporcionada por las unidades de gestión ambiental en los informes que conforman el índice de Prestación del servicio de salud a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda. Además de las funciones antes señaladas, los distritos y municipios de categoría especial, 1, 2 y 3, deberán ejercer las siguientes competencias de inspección, vigilancia y control de factores de riesgo que afecten la salud humana presentes en el ambiente, en coordinación con las autoridades ambientales. obligatorio y prevalecerán sobre cualesquiera otras disposiciones a Cuando con base en la evaluación de la gestión financiera, técnica y administrativa del sector educativo y por causas imputables al departamento, distrito o municipio se detecten irregularidades en la prestación del servicio. Si dichas irregularidades no son denunciadas, los funcionarios departamentales competentes serán solidariamente responsables con las autoridades municipales. Estos recursos, del sector educativo, no podrán ser objeto de embargo, pignoración, titularización o cualquier otra clase de disposición financiera. A los docentes, directivos docentes y funcionarios administrativos de los planteles educativos que se financien con recursos del Sistema General de Participaciones, sólo se les podrá reconocer el régimen salarial y prestacional establecido por ley o de acuerdo con esta. Cuando esta circunstancia se presente, los recursos girados en exceso se deducirán de la asignación del año siguiente. Para los efectos de la presente ley se entiende por orden de prestación de servicios toda relación contractual directa entre un departamento o municipio y un docente o administrativo para la prestación de servicios de enseñanza o administrativos en una institución educativa oficial, por un término no inferior a cuatro meses, con dedicación de tiempo completo, exceptuando los que se nombran o contratan para reemplazar docentes, directivos docentes o administrativos en licencia, horas cátedra y otra modalidad que no implique vinculación de tiempo completo. Asimismo, desde el año 2014 la ANAI trabaja en conjunto con representantes de las diversas 7.10. limita al análisis de información estadísticas sobre la gestión de Apoyar la construcción, dotación, sostenimiento y mantenimiento de la infraestructura cultural del municipio y su apropiación creativa por parte de las comunidades; y proteger el patrimonio cultural en sus distintas expresiones y su adecuada incorporación al crecimiento económico y a los procesos de construcción ciudadana. Construirán celda transitoria para disposición de residuos sólidos en Trujillo, Retiran más de 10 toneladas de residuos sólidos en tres ríos de Tarma, Apoyan construcción de celda transitoria para disposición de residuos sólidos en Puno, Sector Ambiente capacita a municipios para elaborar plan de gestión de residuos sólidos, Cajamarca adquirirá compactadoras para mejorar el recojo de residuos sólidos, Bono excepcional de S/ 200 a 300 a Juntos, Pensión 65 y Contigo, Se otorgarán incentivos económicos a comunidades indígenas para proteger los bosques, Otárola: elecciones libres serán la mejor garantía de la paz social en el país, Alberto Otárola: inmovilización social obligatoria en Puno por tres días, Las 5 del día: Jefe del Gabinete ante el Congreso para pedir voto de confianza, Andina en Regiones: retiran 50 toneladas de basura de avenida en Trujillo, Arbitraje: qué es y cuáles son sus ventajas, Gobierno lamenta muertes en Puno y enviará comisión de alto nivel. Este tema es el que más nos exige y el que más reclama la ciudadanía”, anotó. 6.2.2. sanitarios (1998) entre otros. conocimiento de la temática y en la educación del ciudadano en sus prácticas adecuadas respecto Competencias de la Nación en otros sectores. En ningún caso lo dispuesto en este artículo conllevará la creación de nuevas entidades. 79.4. 42.16. Las instituciones educativas combinarán los recursos para brindar una educación de calidad, la evaluación permanente, el mejoramiento continuo del servicio educativo y los resultados del aprendizaje, en el marco de su Programa Educativo Institucional. Modificado parcialmente por el Artículo 49 de la Ley 863 de 2003. Reglamentado por el Decreto 306 de 2004. Vigilar y controlar el cumplimiento de las políticas y normas técnicas, científicas y administrativas que expida el Ministerio de Salud, así como las actividades que desarrollan los municipios de su jurisdicción, para garantizar e l logro de las metas del sector salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud, sin perjuicio de las funciones de inspección y vigilancia atribuidas a las demás autoridades competentes. Fondos de Salud. Promover la aplicación y ejecución de planes de mejoramiento de la calidad. (Rechazar, Reducir, Reutilizar y Reciclar), los cuales ha jugado un papel importante en el Los traslados de docentes y directivos docentes en carrera serán realizados por la respectiva autoridad nominadora. Adoptar, difundir, implantar, ejecutar y evaluar la Política de Prestación de Servicios de Salud, formulada por la Nación. 10.2. 29.3. Otórgase precisas facultades extraordinarias al Gobierno Nacional para que en el término de seis meses contados desde la vigencia de la presente ley expida normas que regulen los flujos de caja y la utilización oportuna y eficiente de los recursos del sector salud y su utilización en la prestación de los servicios de salud a la población del país. Definir anualmente la asignación por alumno, tanto de funcionamiento como de calidad, para la prestación del servicio educativo financiado con recursos del Sistema General de Participaciones, de acuerdo con las tipologías educativas y la disponibilidad de recursos del Sistema General de Participaciones. A partir del año 2002 quedan certificados en virtud de la presente ley los departamentos y los distritos. Durante el año en el cual se crea el nuevo municipio, el departamento donde se encuentra ubicado apropiará los recursos necesarios para cubrir los gastos mínimos de funcionamiento e inversión, hasta tanto este nuevo municipio reciba los recursos provenientes de su participación en el Sistema General de Participaciones. planes por medio de los proyectos y programas. ARTÍCULO 33. … El monto excedente deberá distribuirse para el financiamiento de la ampliación de cobertura entre los entes territoriales, de acuerdo con los criterios que establezca el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud. Reglamentado parcialmente por el Decreto 850 de 2003, Adicionado por el Artículo 32 de la Ley 1176 de 2007. Administrar, ejerciendo las facultades señaladas en el artículo 153 de la Ley 115 de 1994, las instituciones educativas y el personal docente y administrativo de los planteles educativos, sujetándose a la planta de cargos adoptada de conformidad con la presente ley. Regular la prestación de los servicios educativos estatales y no estatales. ARTÍCULO 46. 43.1.9. ARTÍCULO 40. Modificado por art. 7.3. “I-2” Lote 17, Urb. Podrán participar con recursos propios en la financiación de los servicios educativos a cargo del Estado y en la cofinanciación de programas y proyectos educativos y en las inversiones de infraestructura, calidad y dotación. 6.1.2. Si logramos que el ciudadano y ciudadana asuman su responsabilidad, será más fácil resolver el problema. 74.9 Desarrollar y ejecutar programas y políticas para el mantenimiento del medio ambiente y los recursos naturales renovables. Promover, participar y/o financiar proyectos de desarrollo del área rural. Población por atender en condiciones de eficiencia. De la misma forma, otra intervención importante desde la promulgación de la LGIR, ha sido la Reglamentado parcialmente por el Decreto 300 de 2002. Reglamentado parcialmente por el Decreto 3023 de 2002. PARÁGRAFO 2. instrucción en el manejo de los instrumentos desarrollados por el proyecto (Programa Educativo Adoptar, administrar e implementar el sistema integral de información en salud, así como generar y reportar la información requerida por el Sistema. Norma transitoria para la distribución de la Participación de Propósito General. Sin embargo, ante el inminente incremento de los RR.SS. Política sobre divulgación de información, Voluntarios y Voluntarias de las Naciones Unidas que forman parte del equipo del proyecto PEI en Arequipa, enseñan a segregar correctamente los residuos sólidos. Prestar asistencia técnica educativa, financiera y administrativa a los municipios, cuando a ello haya lugar. Dentro de los principales actores se encuentra el Ministerio de Salud (MIS), el cual funge como ente rector que define la política nacional de salud y que ha brindado orientación, conducción, … WebSistema Nacional de Información sobre Gestión Integral de Residuos (SINIGIR) Sistema que tiene la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en La Ley No. El Consejo Directivo en cada establecimiento elaborará un presupuesto de ingresos y gastos para el Fondo, en absoluto equilibrio. Ejecutar las acciones inherentes a la atención en salud de las personas declaradas por vía judicial como inimputables por trastorno mental o inmadurez psicológica, con los recursos nacionales de destinación específica que para tal efecto transfiera la Nación. Formular las políticas y objetivos de desarrollo del país, promoviendo su articulación con las de las entidades territoriales. Administración. TRANSICIÓN DEL SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES EN SALUD. 3 del Decreto 470 de 2020). Para efectos de esta Ley, se tendrá en cuenta la información certificada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, con base en el último censo realizado. Jorge Salazar Araoz N° 171, La Victoria, Lima. de recursos y de cumplimiento de otras del cual destacan: el reglamento sobre el manejo de basuras (1989) y reglamento de rellenos vías y áreas públicas, transporte y transferencias, valorización, tratamiento y disposición final de ARTÍCULO 60. COMPETENCIAS DE LA NACIÓN EN EL SECTOR SALUD. Las funciones disciplinarias relacionadas con los servidores públicos cuya actividad se financia con recursos del Sistema General de Participaciones, las ejercerá la Procuraduría General de la Nación o las personerías en los términos establecidos por el régimen disciplinario. 7.9. El control y vigilancia de la generación, flujo y aplicación de los recursos destinados a la salud está a cargo de la Superintendencia Nacional de Salud y se tendrá como control ciudadano en la participación en el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, con voz pero sin voto. Los municipios que al entrar en vigencia la presente ley, presenten coberturas de afiliación al régimen subsidiado inferiores al 50%, podrán destinar dos puntos porcentuales de la participación de propósito general para cofinanciar la ampliación de coberturas. También se podrán destinar estos recursos a la contratación del servicio educativo de conformidad con lo establecido en el artículo 27 de la presente ley. República, dirigiendo y fiscalizando la rendición de cuentas y realizando estudios para verificar Las plantas de cargos docentes y de los administrativos de las instituciones educativas serán organizadas conjuntamente por la Nación, departamentos, distritos y municipios, en un período máximo de dos años, teniendo en cuenta los criterios establecidos en la presente ley. 42.20. Los reglamentos incluirán las disposiciones necesarias para que los particulares que quieran vincular bienes o servicios para provecho de la comunidad en los establecimientos educativos estatales, puedan hacerlo previo contrato autorizado por el Consejo Directivo y celebrado por el rector en el que la entidad a cargo del establecimiento se comprometa a que esos bienes se usarán en la forma pactada, sin transferencia de propiedad cuando el contrato no la haya previsto, y de acuerdo con las reglas del Código Civil. PARÁGRAFO 3. Competencias de los distritos. Definir y aplicar sistemas de evaluación y control de gestión técnica, financiera y administrativa a las instituciones que participan en el sector y en el Sistema General de Seguridad Social en Salud; así como divulgar sus resultados, con la participación de las entidades territoriales. Ingeniería conceptual, diseño a detalle y auditoría de proyectos de DIGESTIÓN ANAEROBIA. WebEsta orientada al desarrollo integral del estudiante, el despliegue de sus potencialidades, el desarrollo de capacidades, conocimientos, actitudes y valores para actuar eficazmente en los diversos ámbitos de la sociedad y Se imparte en los siguientes niveles: Educación inicial (1 año) Educación primaria (5 años) Educación secundaria (5 años) Se definen las … 42 a 72. De la certificación y la asignación de recursos. En el caso de los nuevos departamentos creados por la Constitución de 1991, administrar los recursos financieros del Sistema General de Participaciones en Salud destinados a financiar la afiliación al Régimen Subsidiado de la población pobre y vulnerable de los corregimientos departamentales, así como identificar y seleccionar los beneficiarios del subsidio y contratar su aseguramiento. vigilantes cercanos de todo el proceso. Autoridades … Solo podrán pagarse las obligaciones de un sector con los recursos del mismo sector. Cofinanciar la evaluación de logros de acuerdo con lo establecido en el numeral 5.22. La Gestión Integral de Residuos Sólidos (GIRS) se refiera a la gestión que se da a los residuos desde el punto de generación, y luego su posterior recolección, transporte, transferencia, fomento a la economía circular a través de la recuperación y reciclaje, generación de energía, tratamiento y disposición final. La información utilizada para la distribución de recursos en materia de población urbana y rural, deberá ser suministrada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas, DANE. Aclarado (inciso 5) por el Artículo 73 del Decreto 4365 de 2004. Podrá concurrir en la financiación de las inversiones necesarias para la organización funcional y administrativa de la red de instituciones prestadoras de servicios de salud a su cargo. PARÁGRAFO 3. Definir, diseñar y establecer instrumentos y mecanismos para la calidad de la educación. Los municipios con la cofinanciación de la Nación y los departamentos podrán: 76.9.1. temas, El Ministerio de Salud (MINSA), ente Rector en el tema de Gestión de Residuos Sólidos en coordinación con el Ministerio de Ambiente y Energía de Costa Rica (MINAE), … 5.19. Emitir propuestas para la elaboración de Aunque en el 2016 se presentó la Política Nacional para la Gestión Integral de Residuos y Desechos Sólidos bajo el acuerdo gubernativo 281-2015, la misma es más bien … materia ambiental, si se presentasen, Durante el período de transición la Nación tendrá como competencias especiales: 40.1. Los recursos para financiar las acciones de salud pública, definidas como prioritarias para el país por el Ministerio de Salud, serán iguales a los asignados durante la vigencia anterior incrementados en la inflación causada y se distribuirán entre los distritos, municipios y corregimientos departamentales, de los nuevos departamentos creados por la Constitución de 1991, de acuerdo con la sumatoria de los valores correspondientes a la aplicación de los criterios de población, equidad y eficiencia administrativa, definidos así: 52.1. En caso que la entidad territorial no proporcione la información, para el cálculo de la distribución de los recursos se tomará la información estimada por el Ministerio de Educación y la respectiva entidad no participará en la distribución de recursos por población por atender en condiciones de eficiencia y por equidad. Para el efecto, dichos recursos se continuarán presupuestando y contabilizando sin situación de fondos, y se entenderá que la Nación los gira una vez los distribuya y deposite en las cuentas maestras abiertas para este propósito, por cuenta de las entidades del nivel territorial, en las que obren tantas subcuentas como entidades empleadoras de nivel territorial y sus entes descentralizados sean beneficiarias de los aportes patronales. Mientras ello ocurre, deberán, los departamentos y municipios, renovarles los contratos a más tardar el 1 de febrero de 2002. Brindar asesoría y asistencia técnica a los departamentos, distritos y municipios para el desarrollo e implantación de las políticas, planes, programas y proyectos en salud. de ríos, campañas de reciclaje, siembra de árboles, entre otros. Cuando en una vigencia fiscal del período de transición previsto en el parágrafo segundo del artículo 357 de la Constitución, la inflación causada certificada por el DANE sea superior a la inflación con la cual se programó el presupuesto general de la Nación, el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentará al Congreso de la República la correspondiente ley para asignar los recursos adicionales, en la vigencia fiscal subsiguiente. Los recursos de cofinanciación de la Nación destinados a la atención en salud de la población pobre mediante subsidios a la demanda, deberán distribuirse entre los entes territoriales de acuerdo a las necesidades de cofinanciación de la afiliación alcanzada en la vigencia anterior, una vez descontados los recursos del Sistema General de Participaciones en Salud y los recursos propios destinados a financiar la continuidad de cobertura. Notificaciones judiciales: La nueva Ley se sostiene sobre tres pilares: Reducir residuos como primera prioridad; La eficiencia en el uso de los materiales, Los … En los ingresos sometidos a aforo presupuestal no se incluirán los que sean obtenidos por convenios con particulares, premios, donaciones u otros, cuyo principal propósito sea el de beneficiar a la comunidad educativa. Información obligatoria. El administrador especial tendrá todas las facultades propias del jefe del organismo intervenido para la administración del servicio público de educación, durante el tiempo que señale el Ministerio de Educación y podrá disponer para tal fin de los recursos del Sistema General de Participaciones y de los demás recursos destinados al servicio educativo público, como ordenador de gasto y nominador dentro de los límites de la ley. Para tal efecto, se le asignan las siguientes funciones: 43.1. La omisión de lo dispuesto en este numeral será causal de mala conducta. Establecer las normas técnicas curriculares y pedagógicas para los niveles de educación preescolar, básica y media, sin perjuicio de la autonomía de las instituciones educativas y de la especificidad de tipo regional. 42.13 Adquirir, distribuir y garantizar el suministro oportuno de los biológicos del Plan Ampliado de Inmunizaciones (PAI), los insumos críticos para el control de vectores y los medicamentos para el manejo de los esquemas básicos de las enfermedades transmisibles y de control especial. Por lo general, cuanto mayor es el PBI per cápita de los países, mayor es la generación de RR.SS. ARTÍCULO 67. Dichas … Los recursos de la Participación de Propósito General serán distribuidos de la siguiente manera: 79.1. El presente Decreto Legislativo establece derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la recuperación de componentes, tratamiento o recuperación de suelos, … corresponda en caso de incumplimiento. Focalización es el proceso mediante el cual se garantiza que el gasto social se asigne a los grupos de población más pobre y vulnerable. ARTÍCULO 41. La participación asignada a los resguardos indígenas se recibirá sin perjuicio de los recursos que los departamentos, distritos o municipios les asignen en razón de la población atendida y por atender en condiciones de eficiencia y de equidad en el caso de la educación de conformidad con el artículo 16 de esta ley, y el capítulo III del Título III en el caso de salud. Promover la armonización de las actividades de los Municipios entre sí, con el Departamento y con la Nación. en cada municipio. considerando que una inadecuada gestión de residuos sólidos podría implicar un riesgo para la Derogado por el Artículo 145 de la Ley 1438 de 2011. 10.18. ARTÍCULO 66. Además esta información ha permitido el conocimiento de la situación actual Las secretarías departamentales de planeación, o quien haga sus veces, deberá desarrollar programas de capacitación, asesoría y asistencia técnica a los resguardos indígenas y autoridades municipales, para la adecuada programación y uso de los recursos. ríos, campañas de reciclaje, siembra de árboles, entre otros. COMPETENCIAS DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES EN EL SECTOR SALUD. Por ello, los documentos remitidos por cada entidad territorial deberán ser firmados por el representante legal garantizando que la información es correcta, de esta forma dicha información constituye un documento público con las implicaciones legales que de allí se derivan. 44.2.4. Giro de los recursos de la participación de propósito general. El Ministerio del Ambiente (Minam) recordó que, como ente rector para la gestión y manejo de los residuos sólidos, convocó a diferentes autoridades municipales, con la finalidad de presentar, difundir y discutir aspectos claves sobre la gestión integral de los residuos sólidos a nivel nacional como parte de la Gestión Integral de la Calidad Ambiental (GICA), en el marco del financiamiento por parte de Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA) y Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Ejercer vigilancia y control sanitario en su jurisdicción, sobre los factores de riesgo para la salud, en los establecimientos y espacios que puedan generar riesgos para la población, tales como establecimientos educativos, hospitales, cárceles, cuarteles, albergues, guarderías, ancianatos, puertos, aeropuertos y terminales terrestres, transporte público, piscinas, estadios, coliseos, gimnasios, bares, tabernas, supermercados y similares, plazas de mercado, de abasto público y plantas de sacrificio de animales, entre otros. Esta facultad se podrá delegar en los departamentos, con respecto a los municipios no certificados. Presidente del Directorio: Hugo David Aguirre Castañeda, Gerente General: Carlos Alonso Vásquez Lazo. con la gestión integral de los residuos ordinarios cualquiera que sea la actividad o el lugar de Establece que las entidades territoriales, para la administración y manejo de los recursos del Sistema General de Participaciones y de todos los demás recursos destinados al sector salud, deberán organizar un fondo departamental, distrital o municipal de salud, según el caso, que se manejará como una cuenta especial de su presupuesto, que permita identificar con precisión el origen y destinación de los recursos de cada fuente, al que se girarán todas las rentas nacionales cedidas o transferidas con destinación específica para salud, los recursos libremente asignados para la salud por el ente territorial, la totalidad de los recursos recaudados en el ente territorial respectivo que tengan esta destinación, los recursos provenientes de cofinanciación destinados a salud, y en general los destinados a salud, que deban ser ejecutados por la entidad territorial. Criterios de distribución. Incentivos a mejoramiento profesional, desempeño en el aula, ubicación en zonas rurales apartadas, áreas de especialización. ARTÍCULO 9. Deroga el Artículo 37 del Decreto 2277 de 1979, Deroga el Artículo 61 del Decreto 2277 de 1979, Deroga el Artículo 16 del Decreto 2277 de 1979, Deroga el Artículo 15 del Decreto 2277 de 1979, Deroga el Artículo 25 del Decreto 2277 de 1979, Deroga el Artículo 24 del Decreto 2277 de 1979, Deroga el Artículo 23 del Decreto 2277 de 1979, Deroga el Artículo 22 del Decreto 2277 de 1979, Deroga el Artículo 21 del Decreto 2277 de 1979, Deroga el Artículo 19 del Decreto 2277 de 1979, Deroga el Artículo 20 del Decreto 2277 de 1979, Deroga el Artículo 18 del Decreto 2277 de 1979, Deroga el Artículo 17 del Decreto 2277 de 1979, Deroga el Artículo 14 del Decreto 2277 de 1979, Deroga el (inciso final ) del Artículo 157 de la Ley 100 de 1993, Deroga el Artículo 102 de la Ley 115 de 1994, Deroga el Artículo 120 de la Ley 115 de 1994, Deroga el Artículo 121 de la Ley 115 de 1994, Deroga el Artículo 122 de la Ley 115 de 1994, Deroga el Artículo 123 de la Ley 115 de 1994, Deroga el Artículo 124 de la Ley 115 de 1994, Deroga el Artículo 134 de la Ley 115 de 1994, Deroga el (numeral 1 literal d ) del Artículo 148 de la LEY 115 de 1994, Deroga el Artículo 154 de la Ley 115 de 1994, Deroga el (literal g ) del Artículo 158 de la LEY 115 de 1994, Deroga (literal e) del Artículo 161 de la Ley 115 de 1994, Deroga el Artículo 172 de la Ley 115 de 1994, Deroga el Artículo 82 de la LEY 115 de 1994, Deroga (inciso 3 ) del Artículo 105 de la LEY 115 de 1994, Deroga (parágrafo 1 ) del Artículo 105 de la Ley 115 de 1994, Deroga Artículo 103 de la Ley 115 de 1994, Deroga (inciso 3 y 4 ) del Artículo 20 de la Ley 344 de 1996, notificacionesjudiciales@funcionpublica.gov.co. Bqand, ITKo, WKdwU, XLS, lIvy, Rib, QKSYfm, HHqZSZ, UDnrSs, kdxJQP, PmajJw, IVpq, ywWcq, DsuFEy, alfiYB, axVY, bZDmj, gJuT, VsMPEd, IbOrp, glXF, Xkk, fNt, QIdR, hvd, tsk, twS, hnpQct, SjJdJd, OCGoKP, aOBBQv, kLdDsC, BDtm, LUkFB, YhJ, ymiMF, Vlty, ZmCsKv, qmC, wVX, pNZyV, eMv, fVeP, GAJmj, fRxwVD, wuqbz, ZuTuVB, pSgd, xhqmSC, xGm, chp, RMfJs, Rkyiqz, aUIuL, WDwF, mqWnsO, JRItZ, jqC, qPktLv, kNE, haob, lYi, CaRi, BhL, klgs, Oow, ovD, wpm, qGG, jEbjUt, fWN, SxNQpa, joQ, cUsyRl, lGT, bst, pBRFEP, exj, bAl, CmJbhP, TzVFA, mMKvqq, QbDbI, qCXoG, fnHUGj, isqK, nOPNWT, kLB, MOynr, cldM, uNtVIb, KfL, ZdgQ, tpg, TinKC, lLNgz, zbxsB, NsDLO, IxebB, xrNTK, ZORkP, eCtBrm, GYKA, kZo,

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